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Sección: Estado de Veracruz

Endurecen penas por envenenar animales en Veracruz

Congreso avala agravante al delito de maltrato o crueldad que derivaría en hasta 4 años de prisión por envenenamiento

José Topete Xalapa, Ver. 06/10/2026

alcalorpolitico.com

El Congreso de Veracruz aprobó por unanimidad considerar el envenenamiento de animales como agravante de los delitos de maltrato o crueldad, con lo que las penas podrán alcanzar tres años de prisión cuando cause sufrimiento o heridas y hasta cuatro años seis meses cuando provoque la muerte.

La reforma al artículo 264 Quinquies del Código Penal fue avalada con 48 votos a favor, ninguno en contra y ninguna abstención. El decreto será remitido al Poder Ejecutivo para su promulgación y publicación en la Gaceta Oficial del Estado.

Actualmente, el artículo 264 Ter establece una pena de seis meses a dos años de prisión y multa de 50 a 100 días de salario mínimo para quien intencionalmente cometa actos de maltrato o crueldad contra un animal y le cause sufrimiento o heridas. Al incorporarse el envenenamiento como agravante, esas sanciones aumentarán en una mitad, por lo que la pena será de nueve meses a tres años de prisión y la multa de 75 a 150 días de salario mínimo cuando se acredite que el uso intencional de sustancias causó sufrimiento o lesiones.



En los casos en que el maltrato provoque la muerte del animal, el artículo 264 Quáter prevé actualmente de uno a tres años de prisión y multa de 200 a 400 días de salario mínimo. Con la nueva agravante, la pena aumentará a entre un año seis meses y cuatro años seis meses de prisión, mientras que la multa será de 300 a 600 días de salario mínimo. La reforma adiciona una fracción V al artículo 264 Quinquies para incluir entre las agravantes el empleo de sustancias que provoquen el envenenamiento del animal.

El cambio no crea un delito independiente ni establece una pena distinta para el envenenamiento. Su efecto es aumentar en una mitad las sanciones correspondientes al delito de maltrato o crueldad, dependiendo de si la conducta provoca sufrimiento, lesiones o la muerte. El dictamen precisa además que la agravante no se actualizará por la sola presencia de una sustancia. Para aplicarla deberá demostrarse que fue empleada intencionalmente, que produjo alguno de los resultados previstos en el tipo penal y que existe una relación entre la sustancia utilizada y el daño causado.

También establece que, cuando el envenenamiento concurra con otra de las agravantes previstas en el artículo 264 Quinquies, se aplicará un solo incremento de una mitad y no aumentos sucesivos sobre la pena. Entre las agravantes que ya contempla ese artículo se encuentran prolongar la agonía o el sufrimiento del animal, utilizar métodos de extrema crueldad, captar imágenes o videograbaciones del maltrato para hacerlas públicas y cometer los hechos en presencia de una persona menor de edad.



La iniciativa fue presentada el 21 de julio por la diputada de MORENA Naomi Edith Gómez Santos y recibió la adhesión de su grupo legislativo, así como de las diputadas Estefanía Bastida Cuevas, Elizabeth Morales García y María Elena Córdova Molina. Entre los antecedentes considerados por el Congreso se encuentra el hallazgo de alrededor de 10 gatos envenenados en la vía pública de la colonia Buenavista Sur, en Minatitlán, caso citado en la exposición de motivos para justificar la incorporación expresa de esta conducta como agravante.

Durante la discusión, el diputado del PVEM Carlos Marcelo Ruiz Sánchez señaló que el envenenamiento ya podía ser sancionado como maltrato o crueldad animal, pero sostuvo que su incorporación expresa evitará que el incremento de la pena dependa de acreditar además una agonía prolongada o el uso de un método de extrema crueldad. “Para que este método proceda, deberá demostrarse el uso intencional de la sustancia, así como su relación directa con el daño causado”, afirmó.

Por MORENA, la diputada Imelda Garrido Alvarado sostuvo que la aplicación de la agravante deberá determinarse con base en las circunstancias y las pruebas de cada caso. “Dicha agravante deberá analizarse conforme a las circunstancias del caso y el material probatorio cuando se demuestre el empleo de sustancias para provocar el envenenamiento”, señaló.