Dos profesionales de la salud —una del servicio público y la otra de práctica privada— solicitaron la protección de la justicia federal en demanda del acceso a la vacuna contra el Coronavirus.
En una primera sentencia, el Juzgado Décimoprimero de Distrito con residencia en Poza Rica emitió una suspensión de plano a favor de una enfermera asignada al Hospital Regional número 24 del Seguro Social en Poza Rica, sectorizado a la Delegación Veracruz-Norte.
En su demanda, con fecha 20 de abril, la quejosa reclamó la negativa de aplicársele el biológico antiCOVID y de manera inmediata, el Juzgado 11º del 7º Circuito concedió la suspensión de plano, esto es instruyó a la vacunación de la trabajadora, adscrita a la primera línea de combate contra el Coronavirus.
En respuesta, el 26 de abril pasado, el Apoderado y Representante Legal del Órgano de Operación Administrativa Desconcentrada Regional Veracruz Norte del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) argumentó una “imposibilidad jurídica” para dar cumplimento a la sentencia de la Jueza 11ª de Distrito.
El IMSS justificó que la Política Nacional de Vacunación contra el Virus SARS-CoV2 escapa a las facultades del Hospital 24 de Zona con residencia en Poza Rica.
Posteriormente, con fecha 3 de mayo, el Seguro Social, por medio de sus apoderados legales, reiteró su imposibilidad de programar una nueva fecha para la vacunación de la trabajadora.
Niegan amparo a médica
Un fallo distinto dio el Juzgado 15º de Distrito del 7º Circuito contra una médico particular, quien igual demandó la aplicación del biológico contra el COVID-19 pero que minimizó los argumentos de la solicitante ante un temor a una posible exposición y un posterior contagio de la enfermedad.
Si bien la médico particular argumentó una violentación a los derechos protegidos en los artículos 14 y 16 de la Constitución federal; el juzgado negó la suspensión provisional a favor de la inconforme y no concedió la suspensión de plano contra el esquema de vacunación a los profesionales de la Salud.
Desde el punto de vista del juzgado, es normal el riesgo de la practicante ante la enfermedad del COVID, por lo que exhortó a redoblar sus protecciones contra el COVID.
“En tanto el riesgo que enfrenta atiende a particularidades distintas en razón de la mayor o menor exposición que tenga al atender a sus pacientes, considerando además, las medidas preventivas adoptadas y las necesidades o circunstancias en que deba realizar su actividad”.