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Sección: Estado de Veracruz

Este sábado

Entra en vigor en todo el país prisión preventiva oficiosa en casos de abuso a menores y feminicidio

- También aplicará para delincuencia organizada, homicidio doloso, violación, secuestro y trata de personas

- El juez también podrá dictar esa medida cautelar para robo de casa habitación, robo al transporte de carga, delitos en materia de hidrocarburos

Javier Salas Hernández Xalapa, Ver. 12/04/2019

alcalorpolitico.com

A partir de mañana sábado entra en vigor en todo el país la prisión preventiva oficiosa en los casos de abuso o violencia sexual contra menores, delincuencia organizada, homicidio doloso, feminicidio, violación, secuestro y trata de personas; excepto para los delitos de enriquecimiento ilícito y ejercicio abusivo de funciones.

El juez también podrá dictar esa medida cautelar para robo de casa habitación, uso de programas sociales con fines electorales, robo al transporte de carga en cualquiera de sus modalidades, delitos en materia de hidrocarburos, petrolíferos o petroquímicos, delitos en materia de desaparición forzada de personas y desaparición cometida por particulares, delitos cometidos con medios violentos como armas y explosivos, delitos en materia de armas de fuego y explosivos de uso exclusivo del Ejército, la Armada y la Fuerza Aérea, así como los delitos graves que determine la Ley en contra de la seguridad de la nación, el libre desarrollo de la personalidad, y de la salud, corrupción tratándose de los delitos de enriquecimiento ilícito y ejercicio abusivo de funciones (este último queda exceptuado temporalmente).

Los delitos en materia de corrupción tratándose de aquellos correspondientes a enriquecimiento ilícito y ejercicio abusivo de funciones, entrarán en vigor a partir del nombramiento que realice el Titular de la Fiscalía General de la República respecto de la Fiscalía Especializada en Materia de Delitos Relacionados con Hechos de Corrupción.



La medida cautelar de la prisión preventiva deberá evaluarse para determinar la continuidad de su aplicación, a partir de los cinco años cumplidos de su vigencia.

Una vez que el Congreso de la Unión aprobó la reforma al artículo 19 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y ratificada por la mayoría de los Congresos de los Estados, a partir de hoy el Ministerio Público sólo podrá solicitar al juez la prisión preventiva oficiosa cuando otras medidas cautelares no sean suficientes para garantizar la comparecencia del imputado en el juicio, el desarrollo de la investigación, la protección de la víctima, de los testigos o de la comunidad, así como cuando el imputado esté siendo procesado o haya sido sentenciado previamente por la comisión de un delito doloso.

Además, el Congreso de la Unión, en un lapso de 90 días, a partir de hoy, deberá realizar las adecuaciones normativas necesarias para incluir en el artículo 167 del Código Nacional de Procedimientos Penales y demás ordenamientos correspondientes las hipótesis delictivas a que se refiere el artículo 19 constitucional.



Quedó establecido que para evaluar la continuidad de la aplicación de prisión preventiva para los delitos señalados con antelación, deben transcurrir cinco años y se deberá analizar conforme a los criterios del Sistema Nacional de Seguridad Pública, la eficacia de la medida cautelar y la eficiencia del sistema penal acusatorio, mediante informes emitidos, por el Gobierno Federal y los Gobiernos de las entidades federativas, tomando en cuenta a los poderes judiciales respectivos, así como a las fiscalías o procuradurías correspondientes y organismos de protección de los derechos humanos y que deberá contener, al menos, los siguientes elementos:

Desempeño eficaz de las Unidades Estatales de Supervisión a Medidas Cautelares y Suspensión Condicional del Proceso; eficacia de las medidas cautelares aplicadas; creación y desempeño de instancias de atención integral de víctimas; implementación de sistemas de información criminal y de judicialización; resultado de la aplicación de Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias en MateriaPenal, y los avances de la implementación de elementos críticos como la capacitación de los operadores de

los poderes judiciales y del Ministerio Público, policía de investigación, policía preventiva, peritos,entre otros.