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Sección: Estado de Veracruz

Entra en vigor Ley para rescatar producción del maíz nativo

- Busca inhibir siembra de semilla híbrida y garantizar alimentación nutritiva, suficiente y de calidad

- Para ello se creará Consejo Nacional del Maíz (CONAM) como órgano de consulta del Gobierno

Javier Salas Hernández Xalapa, Ver. 13/04/2020

alcalorpolitico.com

Con la finalidad de inhibir la siembra de semilla híbrida de maíz y rescatar y conservar las semillas originarias, a partir de mañana martes entra en vigor la Ley Federal para el Fomento y Protección del Maíz Nativo.

La Ley será de observancia obligatoria en todo el país y tiene el objetivo de declarar a las actividades de producción, comercialización y consumo del Maíz Nativo y en Diversificación Constante, como manifestación cultural nacional y una obligación del Estado para garantizar el derecho humano a la alimentación nutritiva, suficiente y de calidad; y la de establecer mecanismos institucionales para la protección y fomento del Maíz Nativo y en Diversificación Constante.

Así, el Estado deberá garantizar y fomentar, a través de todas las autoridades competentes, que todas las personas tengan acceso efectivo al consumo informado de Maíz Nativo y en Diversificación Constante, así como de sus productos derivados, en condiciones libres de organismo u organismos genéticamente modificados (OGM's).



Para ello, se creará el Consejo Nacional del Maíz (CONAM) como un órgano de consulta del Poder Ejecutivo federal para brindar su opinión en materia de protección al Maíz Nativo y en Diversificación Constante, así como Bancos Comunitarios de Semillas de Maíz Nativo por parte de ejidos y comunidades, quienes podrán constituirlos de conformidad con su normatividad interna, usos o costumbres.

El CONAM deberá conformarse en un plazo de 90 días y estará integrado por un Presidente, que será el titular del Poder Ejecutivo federal; un Secretario Técnico, que será el titular de la SADER, o quien él designe para suplirlo en caso de ausencia; y 15 vocales, uno que será del SEMARNAT, el titular de la Secretaría de Cultura y el titular del Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas.

Así como 3 vocales por parte de la sociedad civil relacionados con el sector agroalimentario, 3 por ejidos y comunidades agrarias, 3 por comunidades indígenas y 3 por la academia. Los Vocales durarán en su encargo tres años y podrán ratificarse por una sola vez.



El Secretario Técnico del CONAM, con auxilio del Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas en el ámbito de sus competencias, convocará a los grupos de la sociedad, a fin de que formulen sus propuestas de nombramiento y/o ratificación de Vocales, las cuales se presentarán ante el titular del Poder Ejecutivo federal quien, por sí, o a través del Secretario Técnico, hará el nombramiento respectivo.

Deberá instalarse dentro de los 30 días naturales posteriores al nombramiento de sus integrantes.

Asimismo, la Ley establece que la SADER, la SEMARNAT, la Secretaría de Cultura y el CONAM identificarán conjuntamente las áreas geográficas en las que se practiquen sistemas tradicionales de producción de Razas de Maíz Nativo, con base en la información con la que cuenten en sus archivos o en sus bases de datos, incluyendo la que proporcionen, entre otros: productores; el Instituto Nacional de Estadística y Geografía; el Instituto Nacional de Investigaciones Forestales, Agrícolas y Pecuarias; el Instituto Nacional de Ecología y Cambio Climático; la Comisión Nacional para el Conocimiento y Uso de la Biodiversidad y la Comisión Intersecretarial de Bioseguridad de los Organismos Genéticamente Modificados.