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Sección: Estado de Veracruz

Entrega de beneficios de programas no se suspenderán durante campañas; OPLE

No se debe hacer en eventos masivos o en modalidades que afecten equidad, imparcialidad y neutralidad

Javier Salas Hernández Xalapa, Ver. 14/04/2025

alcalorpolitico.com


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Durante la veda electoral que será del 29 de abril al 1° de junio, la entrega de los beneficios de los programas sociales no se suspenden, toda vez que el Gobierno Federal y los gobiernos estatales y municipales tienen en todo momento, la obligación de aplicar con imparcialidad los recursos públicos que están bajo su responsabilidad, sin influir en la equidad de la competencia entre los partidos políticos.

Así lo determinó el Organismo Público Local Electoral (OPLE) al dar respuesta a una consulta formulada por Claudio Beltrán Ramírez, director general de Fertilizantes para el Bienestar, quien pidió se le informara sobre las restricciones operativas del “Programa de Fertilizantes”, en el marco del proceso electoral local de Veracruz.

Explicó que el propósito del programa es apoyar a las productoras y productores agrícolas de cultivos prioritarios con la entrega de fertilizantes en forma directa y gratuita, buscando disminuir la dependencia de fertilizantes importados y apoyar con ello su capacidad de producción.



Los consejeros del OPLE expusieron que en la veda electoral debe suspenderse la difusión en medios de comunicación de propaganda gubernamental de los 3 niveles de Gobierno, salvo las campañas de información de las autoridades electorales, las relativas a servicios educativos y de salud, o las necesarias para la Protección Civil en casos de emergencia.

Por lo que no existe el deber de suspender la entrega de los beneficios de los programas sociales o acciones institucionales, es decir, estos pueden seguir ejerciéndose, siempre y cuando su entrega se desarrolle bajo el criterio de las buenas prácticas en la aplicación de los recursos públicos.

Sin embargo, los beneficios no pueden ser entregados en eventos masivos o en modalidades que afecten los principios de equidad, imparcialidad y neutralidad, o que pueda influir en el electorado.



“Lo que se persigue con la prohibición de difundir propaganda gubernamental durante la veda, no tiene por objeto impedir que las personas servidoras públicas lleven a cabo los actos que por su propia naturaleza deben efectuar en los diferentes órdenes de gobierno y menos prohibir que ejerzan sus atribuciones en la demarcación territorial que corresponda, pues ello podría atentar contra el desarrollo y correcto desenvolvimiento de la función pública que están obligadas a cumplir en beneficio de la población, ya que no resulta razonable que se paralicen las actividades que el gobierno implementa en beneficio de la sociedad”.

Lo que se debe procurarse que con ese actuar no se contravengan disposiciones de orden público, ya que la esencia de la prohibición constitucional radica en que no se utilicen recursos públicos para fines distintos, ni las personas servidoras públicas aprovechen la posición en que se encuentran para que, de manera explícita o implícita, hagan promoción que pueda afectar el resultado del proceso electoral.