De las 37 denuncias por actos anticipados de campaña que ha recibido el Organismo Público Local Electoral (OPLE), hasta el momento ninguna ha llegado al Tribunal Electoral de Veracruz (TEV).
El magistrado presidente Gilberto Constituyente Salazar Ceballos añadió que, en caso de llegar algunas quejas, se analizarán y, de acreditarse la conducta, podría haber repercusiones para los infractores. Advirtió que quien o quienes incurran en actos anticipados de campaña podrían enfrentar la negativa de su registro como candidatos si existe reincidencia o las conductas son consideradas graves.
Reconoció que ese tipo de conductas no limitan el derecho constitucional para contender por una candidatura de elección popular, pero es un antecedente que puede ser valorado al momento de resolver sobre la procedencia de una candidatura. "En automático no actualiza una negativa de registro. Hablaba yo del caso de reincidencia o de gravedad de las conductas, podría ser un escenario", aclaró.
Cabe señalar que el OPLE debe concluir las investigaciones e integrar los expedientes para remitirlos al TEV, para que se determine si proceden las denuncias por actos anticipados de campaña. Detalló que, en esta etapa previa al inicio del proceso electoral, las denuncias se concentran principalmente en presunta utilización de recursos públicos, promoción personalizada y actos anticipados de campaña.
Salazar Ceballos aclaró que el TEV no tiene facultades para imponer sanciones en caso de servidores públicos, ya que cuando se acredita una infracción, el órgano jurisdiccional declara su existencia, califica la gravedad de la conducta y da vista al superior jerárquico para que determine la sanción correspondiente. En los casos de actores políticos o aspirantes a una candidatura, explicó que las resoluciones quedan registradas como antecedentes y pueden ser consideradas en futuras determinaciones.