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Sección: Estado de Veracruz

Establecen en Paso del Macho nuevo horario de apertura de panteones

- Entrará en vigor a partir del jueves 4 de noviembre

- Darán servicio de 8 a 3 de la tarde; habrá sanciones a infractores

Javier Salas Hernández Xalapa, Ver. 02/11/2021

alcalorpolitico.com

Una vez que concluya la celebración del Día de Muertos en el Municipio de Paso del Macho, entrará en vigor el nuevo Reglamento de Panteones, que establece un horario de servicio de 8 de la mañana a 3 de la tarde e imposición de sanciones a quien no acate sus disposiciones.

El Reglamento que entrará en vigor el jueves de esta semana señala que, en días festivos, el horario se puede ampliar pero también podría disminuir a consideración de la autoridad.

La administración de los panteones se reserva el derecho de demoler obras de marmolería o albañilería cuando las personas que ofrecen ese servicio no registren su ingreso, causen daños durante su trabajo y no retiren materiales y residuos utilizados.



También queda prohibida la construcción de barandales o divisiones de cualquier material que obstruyan el paso peatonal y las capillas y monumentos o cualquier tipo de construcción no podrá rebasar los 60 centímetros de altura.

El comercio ambulante estará permitido en los accesos e interior de los cementerios, siempre y cuando se cuente con el permiso expedido por el Ayuntamiento.

Los lotes individuales para los nuevos panteones tendrán una dimensión de dos metros con cincuenta centímetros de largo, por un metro y cincuenta centímetros de ancho; y en el caso de los panteones construidos con anterioridad, tratarán de apegarse a las medidas indicadas.



Además, en los panteones municipales, el derecho de uso sobre fosas se proporcionará mediante la modalidad de temporalidad a perpetuidad. Para lo cual se otorgará un Certificado de Titularidad de Derechos de Uso, el cual únicamente otorgará los derechos de uso del terreno establecido en el mismo y nunca será de propiedad.

La temporalidad a “perpetuidad” comprende un periodo de 99 años; se deberá de cubrir un refrendo cada 7 años para mantener su derecho sobre el lote, en caso contrario volverá a ser del dominio pleno del Ayuntamiento.

Las sanciones por la violación de cualquiera de las disposiciones son un apercibimiento; amonestación; demolición de construcciones o remodelaciones; multa que, de acuerdo con la gravedad de la infracción, se impondrá con base al Bando de Policía y Buen Gobierno; arresto administrativo hasta por 36 horas; y cancelación del Certificado de Titularidad de Derechos de Uso.



Las sanciones se aplicarán tomando en cuenta la gravedad de la infracción, la reincidencia del infractor; las condiciones personales y económicas del infractor; y las circunstancias que hubieren originado la infracción.

En caso de reincidencia, la multa podrá aumentarse hasta el doble, haciéndose efectiva por la Tesorería Municipal; y la sanción pecuniaria no exime a los infractores de la obligación de pagar los daños y perjuicios que hubieren ocasionado, ni los libera de otras responsabilidades civiles y/o penales en que pudiera haber incurrido.