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Sección: Estado de Veracruz

Establecen protocolo de atención a sector LGBT para procuración de justicia

- Autoridades pondrán en práctica acciones afirmativas con base en la orientación sexual e identidad de género

- Se procura el respeto a la dignidad, la igualdad y no discriminación

Javier Salas Hern?ndez Xalapa, Ver. 05/02/2018

alcalorpolitico.com

Este lunes en el Diario Oficial de la Federación se publicó el Protocolo de Actuación para el Personal de las Instancias de Procuración de Justicia del País, para los delitos en que se involucre la orientación sexual o la identidad de género.

Con el protocolo se establecen las reglas de actuación que deberá seguir el personal de las instancias de procuración de justicia del país que intervengan en la investigación de hechos que la ley señala como delitos y la persecución de los responsables de aquellos, en casos que involucren al sector lésbico, gay, bisexual, transexual, transgénero, travesti e intersexual (LGBTTTI).

El protocolo surgió en el marco de la XXXVIII Asamblea Plenaria de la Conferencia Nacional de Procuración de Justicia, que pretende contribuir al logro de una procuración de justicia eficaz y eficiente, instrumentando la capacitación especializada de los servidores públicos de las instancias de procuración de justicia por medio de ese protocolo.



La finalidad es la de poner en práctica acciones afirmativas con base en la orientación sexual, identidad de género, la expresión de género y/o las características sexuales, sustentadas en el respeto y garantía de los derechos humanos, con una perspectiva de género y no discriminación.

El documento establece en qué consiste la discriminación por motivos de orientación sexual, expresión de género y/o características sexuales en el servicio público con la finalidad de que el personal de las instancias de procuración de justicia pueda adoptar las medidas conducentes para su prevención durante el procedimiento penal.

Así como los principios de respeto a la dignidad, igualdad y no discriminación, enfoque diferencial y especializado, protección de datos personales, libre desarrollo de la personalidad, no victimización secundaria, protección integral a los derechos y no criminalización, que deben ser observados durante el procedimiento penal con enfoque diferencial y especializado del que son acreedores las personas en situación de vulnerabilidad, entre las cuales se encuentra la población LGBTTTI.



Y se pretende reforzar las capacidades técnicas del personal sustantivo proporcionándoles herramientas conceptuales que permitan mejorar el ejercicio de sus funciones, haciendo énfasis en algunas prácticas o directrices que han utilizadodiversos países para llevar a cabo investigaciones de delitos motivados por la orientación sexual, identidad de género, expresión de género y/o características sexuales.