Para el actual ejercicio fiscal, la Federación transferirá a Veracruz 80 mil 269 millones 888 mil 603 pesos por concepto de participaciones federales, y de ese monto, 18 mil 599 millones 452 mil 674 pesos corresponden a los 212 municipios. Los recursos provienen de Fondos y de incentivos por el pago de impuestos federales.
La Secretaría de Finanzas y Planeación (SEFIPLAN) dio a conocer el calendario de entrega, el porcentaje, las fórmulas y las variables utilizadas, así como los montos estimados que recibirá cada municipio.
Con base a lo publicado, del Fondo General de Participaciones se transferirán a los municipios, 12 mil 794 millones 639 mil 800 pesos; del Fondo de Fomento Municipal, 3 mil 176 millones 952 mil 330 pesos; de los Incentivos por el Impuesto Sobre Automóviles Nuevos, 140 millones 741 mil 982 pesos, y del Impuesto Especial Sobre Producción y Servicios, 178 millones 617 mil 385 pesos.
Del Fondo de Fiscalización y Recaudación, 521 millones 106 mil 911 pesos; de Ingresos derivados de la aplicación del Artículo 4-A fracciones I y II de la Ley de Coordinación Fiscal, 514 millones 389 mil 337 pesos; del Fondo de Compensación del Impuesto Sobre Automóviles Nuevos, 27 millones 948 mil 965 pesos; y del Fondo de Extracción de Hidrocarburos, 47 millones 550 mil 732 pesos.
El Impuesto Sobre la Renta Participable por mil 197 millones 505 mil 232 pesos estará en función a lo establecido en el Artículo 3-B de la Ley de Coordinación Fiscal (Anexo II-A), siempre que el salario de los trabajadores sea efectivamente enterado con cargo a las participaciones federales u otros ingresos locales del municipio.
La distribución de los recursos a los municipios se realizará, de manera exclusiva, al monto excedente de fondos participables recibidos en el ejercicio fiscal correspondiente, conforme a los siguientes porcentajes: 50 por ciento con base en el Índice Municipal de Pobreza y 50 por ciento con base en el Coeficiente de Participación Municipal. El Gobierno del Estado entregará los fondos a los municipios, dentro de los 5 días hábiles siguientes a aquél en que los reciba.