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Sección: Estado de Veracruz

Exduartistas ganan batallas en tribunales para no pagar millones desviados

- ORFIS sufrió revés ante Tribunal de Justicia Administrativa en caso contra extitular de Finanzas

- Sin tener facultad, impuso indemnización a Mauricio “N” por fondos federales desviados

- El exfuncionario se libró de pagar más de 2 mil mdp

José Topete Xalapa, Ver. 13/09/2020

alcalorpolitico.com


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El Órgano de Fiscalización Superior de Veracruz (ORFIS) está siendo vencido ante el Tribunal Estatal de Justicia Administrativa (TEJAV) por exfuncionarios del gobierno de Javier Duarte de Ochoa señalados por desvíos millonarios.

Uno de ellos es el extitular de la Secretaría de Finanzas y Planeación, Mauricio Martín “N”, a quien el ORFIS buscó imponerle una indemnización por 2 mil 152 millones 633 mil 812.32 pesos y una sanción por mil 183 millones 948 mil 596.78 pesos, tras encontrar su presunta responsabilidad en el desvío de recursos públicos en el ejercicio 2015.

En 2017, el Órgano de Fiscalización, entonces a cargo de Lorenzo Antonio Portilla Vásquez, procedió en contra del exsecretario, sin embargo, Mauricio “N” impugnó la resolución de presunto daño patrimonial.



El ORFIS consideró que el Exsecretario de Finanzas era responsable del desvío de recursos según un fallo de marzo de 2017, con el que puso fin a la fase de determinación de Responsabilidad y Fincamiento de Indemnización y Sanción, como parte del expediente DRFIS/06/2016 IR/CUENTA CONSOLIDADA/2015.

El juicio contencioso administrativo se desarrolló hasta el año en curso y en junio el Tribunal Estatal de Justicia Administrativa, a través de la magistrada Estrella Alhely Iglesias Gutiérrez, de la Cuarta Sala Unitaria, resolvió que el organismo debe dictar otra resolución para Mauricio “N”.

Según el Tribunal, el Órgano no tiene atribuciones legales para fiscalizar los recursos federales que ejerció la entidad a través de la Secretaría de Finanzas y Planeación durante 2015.



Por esta razón, el ORFIS debía contar con el pedimento o solicitud por parte de la Auditoria Superior de la Federación (ASF), como expresamente lo impone la propia ley, para fiscalizar recursos públicos federales.

“De ahí que, para la fiscalización de los recursos federales, debe estar a lo dispuesto por el artículo 115, fracción XXIV de la Ley 584 de Fiscalización Superior y Rendición de Cuentas para el Estado, que previene la competencia del Órgano de Fiscalización Superior del Estado para fiscalizar la aplicación de los recursos federales a pedimento de la Auditoría Superior de la Federación y con base en el convenio respectivo”.

Según el TEJAV, el ORFIS sólo cumplió con el último requisito, dada la existencia de la celebración del Convenio de Coordinación y Colaboración para la Fiscalización Superior de los Recursos Federales trasferidos al Gobierno del Estado, sus Municipios y en general a cualquier entidad, personal física o moral, pública o privada, en el marco del Sistema Nacional de Fiscalización, suscrito por la Auditoría Superior y el Órgano de Fiscalización.



Se determinó que dentro del clausulado —integrado por 39 cláusulas—, no se observa que se haya transferido al Órgano de Fiscalización Superior la facultad de determinar la responsabilidad administrativa y sancionar a los servidores públicos que incurran en el manejo o aplicación indebido de los recursos públicos.

“De manera que, la fiscalización de los recursos de naturaleza federal para el caso que nos ocupa, no constituye una facultad que el Órgano de Fiscalización Superior del Estado pudiera ejercer de forma independiente”.

El ORFIS tendrá que emitir otra resolución en la que conforme a las facultades que la Ley le otorga, se pronuncie respecto de las observaciones que sólo sean de competencia estatal y por lo que respecta de aquellas que sean resultado del ejercer recursos de fondos federales, atienda las obligaciones previstas en la ley aplicable de la misma naturaleza.