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Sección: Estado de Veracruz

Exhortan a pensionados del IMSS-Sur a presentar comprobación de supervivencia

De no presentarla, se les suspenderá su pago; la medida aplica también a quienes reciben pensión por orfandad o ascendencia

Miryam Rodr?guez Hern?ndez Orizaba, Ver. 13/07/2013

alcalorpolitico.com

Alrededor de 84 mil 927 pensionados del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), en la Delegación Veracruz-Sur, tendrán que efectuar la comprobación de supervivencia, que de acuerdo a la Ley del Seguro Social, deben realizar en un periodo máximo de 6 meses, de lo contrario se suspende el pago; la medida aplica también a quienes reciben pensión por orfandad o ascendencia.

En este sentido, la jefa del departamento de Supervisión de Prestaciones Económicas en Veracruz Sur, María Eugenia González Barrios, indicó que es indispensable que los pensionados IMSS efectúen el trámite y comprueben su supervivencia para evitar la suspensión de sus pagos, recursos que de ninguna manera pierden, ya que una vez cubierto el requisito, las mensualidades serán repuestas automáticamente.

Explicó que la primera fecha de comprobación de supervivencia no debe exceder los 6 meses a partir del primer pago recibido. Al cumplir con el trámite el pensionado recibe un comprobante, el cual indica la fecha en que nuevamente deberá hacerlo, reiterando la importancia de cumplir con estos plazos.



Recordó que la Delegación Veracruz-Sur cuenta con 30 módulos de comprobación de supervivencia ubicados en áreas de prestaciones de clínicas, hospitales y subdelegaciones, a donde el pensionado tiene que acudir llevando consigo su identificación.

En el caso de menores es aceptable la credencial escolar con fotografía o documento expedido por la delegación o municipio en el que se haga constar la identidad del menor, también debe presentarse un documento que contenta el número de seguridad social o presentar la credencial ADIMSS.

Y cuando el pensionado no pueda acudir por causas de fuerza mayor, los familiares podrán presentar constancia de internamiento en hospitales del IMSS, nota médica elaborada en visita domiciliaria de médico del instituto o pacientes en hospitales privados o postrados en su domicilio.



Ya en el caso de encontrarse en el extranjero, la fe de vida expedida por el consulado mexicano en el país donde se encuentre, y al estar privado de la libertad, presentar constancia de reclusión en centro de readaptación social.