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Universidad Anahuac

Sección: Estado de Veracruz

Extiende Ayuntamiento beneficios fiscales para locatarios de Xalapa

Se condonarán adeudos, recargos y multas del 2016 al 2021; plazo vence el día 30 de diciembre

Javier Salas Hernández 16/09/2022

alcalorpolitico.com


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Con el fin de continuar actualizando los padrones y adeudos de los mercados municipales, central de abasto, plazas comerciales municipales, tianguis y similares, el Ayuntamiento de Xalapa prorrogó para el 30 de diciembre de este año, la aplicación de los beneficios fiscales a locatarios y permisionarios, consistentes en la condonación del 100 por ciento de adeudos, recargos y multas, correspondientes a los ejercicios fiscales anteriores al 2016 y al 2021, inclusive.

Los locatarios o permisionarios que deseen acceder a los beneficios deberán acreditar estar registrados ante la autoridad municipal y contar con su cédula de empadronamiento o permiso correspondiente, así como realizar el pago de los Derechos por Ocupación de Inmuebles del Dominio Público del ejercicio fiscal 2022, en forma anual, durante los meses de septiembre, octubre, noviembre y diciembre del presente año.

En ese sentido, los locatarios y permisionarios con planchas u otro tipo de espacio similar en los mercados municipales, central de abasto y plazas comerciales municipales, que quieran que se les condone el 100 por ciento de adeudos por concepto de recargos generados por falta de pago, y los adeudos por concepto de multas impuestas por no cubrir oportunamente los derechos relativos a la ocupación de dichos espacios, deberán pagar 18.967 Unidades de Medida y Actualización (UMA), lo que equivale a mil 825 pesos.



En el caso de las alacenas u otro tipo de espacio similar en los mercados municipales, central de abasto y plazas comerciales municipales, y para el caso de la ocupación de los inmuebles de dominio público de los tianguis y similares, el pago será de 37.934 UMA (3 mil 650 pesos).

Los contribuyentes deberán solicitar por escrito a la Tesorería Municipal la condonación de los créditos fiscales, así como la condonación de los adeudos por concepto de recargos y por multas.

Una vez que se autorice el beneficio y en el supuesto de que el contribuyente incumpla con su obligación de pago, la autoridad tendrá por no presentada la solicitud de condonación e iniciará de inmediato el procedimiento administrativo de ejecución.



En los casos de créditos fiscales que se estén pagando a plazos, ya sea diferidos o en parcialidades, la condonación procederá por el saldo pendiente de liquidar, correspondiente a los recargos y las multas, debiéndose pagar el monto de las contribuciones de este año.

No obstante, la Tesorería Municipal tomará las medidas necesarias para el otorgamiento de los beneficios fiscales, considerando, en casos debidamente justificados y documentados, la posibilidad de cancelar los créditos fiscales.