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Sección: Estado de Veracruz

Fiscalía General del Estado modifica organigrama y funciones del personal

- Adscribe Unidades y Sub-Unidades de Atención Temprana a las Fiscalías Regionales

- Fiscales Orientadores ahora serán Fiscales de Atención Temprana y tendrán facultades de investigación

Javier Salas Hernández Xalapa, Ver. 20/07/2024

alcalorpolitico.com


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Mediante una reforma a diversos artículos del Reglamento de la Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado, la titular de ese órgano autónomo, Verónica Hernández Giadáns, adscribió las Unidades y Sub-Unidades de Atención Temprana a las Fiscalías Regionales y cambió los nombramientos de Fiscales Orientadores por el nombramiento de Fiscales de Atención Temprana.

Las nuevas disposiciones entrarán en vigor el lunes 22 de este mes de julio, mismas que mantienen las facultades, a los hasta ahora Fiscales Orientadores, de integrar Carpetas de Investigación, pero ya no serán únicamente para realizar diligencias urgentes e inaplazables a efecto de evitar la pérdida de posibles datos de prueba.

Con la entrada en vigor de la reforma, los que serán fiscales de Atención Temprana tendrán las facultades propias de investigación, además de la de ser orientadores y primeros contactos con las víctimas u ofendidos.



Entre las nuevas disposiciones resalta que Las Unidades y Sub-Unidades de Atención Temprana, adscritas a las Fiscalías Regionales, serán las responsables de la recepción, registro y análisis de las denuncias y querellas; del inicio, canalización y, en su caso, determinación de carpetas de investigación.

Asimismo, priorizarán el uso de los mecanismos alternativos de solución de controversias e informar en qué consisten éstos y sus alcances; y brindarán atención oportuna, digna, humana y efectiva.

Dichas Unidades y Sub-Unidades estarán a cargo de una o un Fiscal Coordinador, que será nombrado y removido por la persona Titular de la FGE, adscritos y bajo el mando de las personas titulares de las Fiscalías Regionales.



Contarán con Fiscales de Atención Temprana; auxiliares de Fiscal y notificadores, además, y dispondrán del apoyo del Centro Estatal de Atención a Víctimas del Delito y de Psicólogos, Médicos, trabajadores sociales y demás personal necesario; peritos, Policía Ministerial, enlaces de Estadística e Informática y enlaces administrativos.

Entre las facultades que tendrán los Fiscales de Atención Temprana destacan la de orientar a la víctima, ofendido o usuario, y evaluar el carácter de las solicitudes presentadas para determinar la competencia de la Fiscalía General o, en su caso, canalizar a los usuarios a otras instancias.

Recibir las denuncias o querellas, así como personas detenidas en flagrancia por hechos en los que proceden los acuerdos reparatorios, y orientar al denunciante o querellante, sobre los mecanismos alternativos de solución de controversias, informándole en qué consisten y sus alcances.



Y la de atender y remitir de manera inmediata, las denuncias que impliquen hechos que deba conocer la Fiscalía Coordinadora Especializada en Investigación de Delitos de Violencia contra la Familia, Mujeres, Niñas y Niños, y de Trata de Personas; previo conocimiento del o la Fiscal Coordinador de la Unidad y Sub-Unidad Temprana. El domicilio de las Unidades y Sub-Unidades de Atención Temprana, así como el de los facilitadores, será el mismo en el que actualmente se encuentran ubicados.