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Sección: Estado de Veracruz

Gobernador propone cobro por constancias de no inhabilitación de servidores públicos

- Propuesta de reforma busca establecer nuevos derechos y servicios públicos

- Habría cambios en cobros de la CGE, SEDEMA, SEGOB, SEDARPA, IVEC, INVIVIENDA, IPAX, entre otros

José Topete Xalapa, Ver. 28/09/2023

alcalorpolitico.com


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Debido a que contratar a personal inhabilitado es una falta administrativa grave, ahora se propone pagar ante la Contraloría General del Estado por una constancia de no inhabilitación que permita a los servidores públicos desempeñar sus cargos.

El gobernador Cuitláhuac García Jiménez, presentó ante el Congreso del Estado una iniciativa con proyecto de Decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones del Código de Derechos para el Estado, incluyendo esa y otras propuestas.

Respecto a dicho apartado, el mandatario propone que se cobren 1.2152 UMA por la expedición de cada constancia de no inhabilitación y registro de sanción, como parte de los servicios prestados por la Contraloría General.



El Gobernador sustentó su iniciativa argumentando que los servicios públicos que realiza el Estado se organizan en función del interés general, ya que con tales servicios se tiende a garantizar la seguridad pública, la certeza de los derechos, la educación superior, la higiene del trabajo, la salud pública y la urbanización.

García Jiménez propuso reformar el artículo 13, primer párrafo, Apartado A), fracciones I, IV, V, VI, VII, VIII, IX, XII, XIII, XIV y XV del Código de Derechos, que estipula los servicios que presta la Secretaría de Gobierno, lo que impactaría en la captación del impuesto predial.

“(…) los cuales permiten constatar la descripción física, económica y jurídica de las propiedades rústicas o urbanas, su localización y registro, y determinar el valor de los inmuebles, con el fin de obtener el valor catastral como base para el cobro del impuesto predial”.



En cuanto a las modificaciones al artículo 19, señala que permitirían robustecer a la Secretaría de Medio Ambiente, respecto al manejo de residuos sólidos urbanos y de manejo especial.

Lo anterior incluye rellenos sanitarios, centros de transferencia, plantas de compostaje, lombricomposta, así como proyectos ejecutivos para el saneamiento y rehabilitación de rellenos sanitarios, clausura de tiraderos a cielo abierto, así como la elaboración de opiniones técnicas o dictámenes de congruencia de ordenamiento ecológico, en términos de la Ley Estatal de Protección Ambiental y los Programas de Ordenamiento Ecológico.

La iniciativa proyecta que, respecto a la Secretaría de Desarrollo Agropecuario Rural y Pesca, se generen derechos en materia de sanidad animal respecto del diagnóstico, control y erradicación de enfermedades y plagas que afectan a los animales para procurar el bienestar animal y regular las buenas prácticas pecuarias.



“La Prestación de Servicios de Laboratorios Pecuarios y Permisos de Internación de Colmenas, se realizará mediante unidades móviles de laboratorio establecidos en puntos estratégicos de la Entidad, todo con apego a la Ley Ganadera y Ley Apícola ambas para el Estado”.

Respecto de los servicios que presta el Colegio de Bachilleres del Estado de Veracruz (COBAEV) reforma el valor de la UMA en sus fracciones X, XI, XII, XIII, XIV, XV, XVIII y XIX del artículo 24, con la finalidad de ayudar a la comunidad estudiantil y motivar al alumnado a continuar con sus estudios e integrarse competitivamente a estudios de nivel superior.

Los artículos 25 y 30 que contienen los servicios del Colegio de Educación Profesional Técnica del Estado y del Instituto Veracruzano de la Cultura, respectivamente, se reforman para integrar únicamente los derechos que actualmente se están prestando por dichos organismos descentralizados.



La actual estructura organizacional del Instituto Veracruzano de la Vivienda tendría nuevas obligaciones que permiten atender de forma prioritaria las necesidades de vivienda de los sectores de la población en situación de marginación y vulnerabilidad con servicios que fomenten la construcción, autoconstrucción, mejoramiento del parque de vivienda, apoyando con financiamiento de créditos en materia de vivienda de interés social y popular, por lo cual el artículo 31 sufre una modificación en conceptos y montos de acuerdo a las actividades que cada una de las Gerencias del Instituto.

Finalmente se propone una reforma a los servicios que presta el Instituto de la Policía Auxiliar y Protección Patrimonial señalados en el artículo 32 del Código respecto a la prestación de servicios de seguridad a empresas e instituciones establecidas en el Estado o que el destino final sea Veracruz, incrementado en algunos casos el costo del servicio.