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Sección: Estado de Veracruz

Gobierno estatal incumplió con su propia Ley de Coordinación Fiscal

Las participaciones federales son inembargables; no pueden estar sujetas a retención y no pueden afectarse a fines específicos

Miguel ?ngel Barrag?n Veracruz, Ver. 02/11/2016

alcalorpolitico.com

El reclamo de presidentes municipales que demandan al Gobierno del Estado el pago de sus participaciones federales, implica que hubo incumplimiento del artículo tercero de la Ley 44 de Coordinación Fiscal para el estado y los municipios.

Dicho artículo de esta Ley que data de 1999, promulgada en el Gobierno estatal de Miguel Alemán Velasco y cuya última reforma fue en la actual administración estatal, establece que “Las participaciones federales serán cubiertas a los municipios en efectivo, sin condicionamiento alguno; son inembargables; no pueden estar sujetas a retención y no pueden afectarse a fines específicos”.

La única excepción a lo anterior, la aprobó la todavía vigente LXIII Legislatura estatal en diciembre de 2013, ya en el gobierno de Javier Duarte de Ochoa, plasmada en el artículo cuarto que indica: “Se exceptúan de lo señalado en el artículo anterior, las participaciones federales que se otorguen en garantía de pago de obligaciones contraídas por los municipios a favor de la Federación, el Estado, las instituciones de crédito que operen en territorio nacional, así como de personas físicas o morales de nacionalidad mexicana.



De igual manera, cuando exista acuerdo o convenio entre el Estado y sus municipios para hacer frente a las obligaciones fiscales que tengan estos últimos con el primero”, lo cual no es el caso por lo que no se justifica que la administración Duartista haya retenido y utilizado para otros fines dichas participaciones.

La de Veracruz, es espejo de la Ley de Coordinación Fiscal que todos los estados del país han firmado con el Gobierno federal a través de convenios, con los cuales los estados se comprometen a limitar sus potestades tributarias a favor de la Federación, a cambio de obtener una participación en los ingresos fiscales federales.

La Ley de Coordinación Fiscal es la encargada de regular las transferencias de recursos de la Federación hacia las entidades federativas y hacia los municipios.



A través de esta Ley, que es modificada por el Congreso cada año dentro del paquete económico, se establecen reglas para la distribución de los recursos federales y la forma en que éstos deben ser ejercidos por los gobiernos estatales y municipales.

El objetivo de la Ley de Coordinación Fiscal, con base en su artículo primero es:

Coordinar el Sistema Fiscal de la Federación con el de los Estados, Municipios y Distrito Federal.



Establecer la participación que corresponda a sus haciendas públicas en los ingresos federales; distribuir entre ellos dichas participaciones.

Fijar reglas de colaboración administrativa entre las diversas autoridades fiscales.

Constituir los organismos en materia de coordinación fiscal y dar las bases de su organización y funcionamiento.



El Gobierno Federal a través de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, además de los gobiernos de las entidades federativas por medio de su órgano hacendario, participarán en el desarrollo, vigilancia y perfeccionamiento del Sistema Nacional de Coordinación Fiscal, a través de: La Reunión Nacional de Funcionarios Fiscales; La Comisión Permanente de Funcionarios Fiscales;
El Instituto para el Desarrollo Técnico de las Haciendas Públicas (INDETEC) y
La Junta de Coordinación Fiscal, instancias a las que tendrían que recurrir los municipios para promover que sus participaciones federales se las entreguen directamente, sin pasar por la Secretaría de Finanzas y Planeación, SEFIPLAN.