Con la finalidad de contribuir con la economía familiar, el Ayuntamiento de Xalapa extendió beneficios fiscales para todos los contribuyentes que por alguna razón se hayan atrasado en este año en el pago del impuesto predial y el impuesto por la recolección y disposición final de residuos sólidos (basura) y por el refrendo de derechos de toda actividad económica.
El beneficio, que entró en vigor el 1° de abril y concluirá el próximo 30 de septiembre es para los contribuyentes con inmuebles de uso habitacional y los que ocupan inmuebles del dominio público en los mercados municipales y similares.
Se otorgará un beneficio del 40 por ciento de condonación en los recargos y el 85 por ciento de las multas, derivados de la omisión de pago del Impuesto Predial; y del 85 por ciento en los recargos y el 85 por ciento de las multas, y de los derechos por los servicios de recolección, transporte y disposición final de residuos sólidos de uso habitacional; de los derechos por ocupación de inmuebles del dominio público en los mercados municipales y similares y los derechos por el refrendo de toda actividad económica.
Para acceder a los beneficios, los contribuyentes deberán solicitar ante la Dirección de Ingresos la condonación.
En el supuesto de que la autoridad fiscal municipal hubiera iniciado sus facultades de cobro a través del procedimiento administrativo de ejecución, respecto de cualquiera de las contribuciones referidas, el contribuyente se encontrará obligado a pagar las cantidades determinadas por concepto de gastos de ejecución y cualquier otro accesorio.
En el supuesto de que el contribuyente incumpla con su obligación de pago de las contribuciones a su cargo, en el periodo señalado, la autoridad fiscal tendrá por no presentada la solicitud de condonación e iniciará de inmediato el procedimiento administrativo de ejecución.
No se podrán condonar recargos ni multas de los créditos fiscales pagados y en ningún caso la condonación de los créditos fiscales por concepto de recargos y multas a que refieren los presentes Lineamientos dará lugar a devolución, compensación, acreditamiento o saldo a favor alguno.
En caso de créditos fiscales que se estén pagando a plazos, ya sea diferidos o en parcialidades, la condonación de los recargos y multas procederá por el saldo pendiente de liquidar.