Errores en la convocatoria emitida por el Ayuntamiento de Emiliano Zapata para la elección de agentes y subagentes municipales derivaron en una impugnación ante el Tribunal Electoral de Veracruz (TEV), además de inconformidades en distintas localidades del municipio.
El conflicto se originó luego de que el Ayuntamiento omitiera en su convocatoria el principio de equidad de género y decidiera resolverlo a través de una tómbola, expresó Hugo Escobar Báez, originario de la congregación La Estanzuela y aspirante a agente municipal, quien presentó un Juicio para la Protección de los Derechos Político-Electorales del Ciudadano (JDC) tras la negativa de la Junta Municipal Electoral a registrarlo como candidato.
De acuerdo con el aspirante, el pasado miércoles acudió al Ayuntamiento acompañado de su suplente, Erick Gerardo Contreras Villa, para entregar la documentación correspondiente a fin de cumplir con los requisitos establecidos; sin embargo, el viernes de esa misma semana fue notificado de que su registro había sido rechazado bajo el argumento de aplicar el principio de equidad de género.
Escobar Báez sostuvo que el Ayuntamiento aplicó de manera indebida el principio de paridad, pues la actual agente municipal de La Estanzuela es mujer, por lo que, afirmó, debió aplicarse el principio de alternancia de género, como lo establece el artículo 41 de la Constitución Política de Estados Unidos Mexicanos, es decir, correspondía la participación de hombres en esta elección.
Aclaró que no está en contra de la participación de las mujeres en cargos de elección popular, pero señaló que el problema radica en la forma en que el Ayuntamiento de Emiliano Zapata condujo el proceso electoral en las agencias municipales.
Al respecto, Hugo Escobar dijo que la convocatoria que el Ayuntamiento entregó al Congreso del Estado establecía que la elección se realizaría mediante voto secreto; sin embargo, el Congreso observó que el documento omitía garantizar la paridad de género en la elección de agentes y subagentes municipales.
“El error que siguió cometiendo el Ayuntamiento fue hacer pública la convocatoria que había sido rechazada por el propio Congreso y luego intentar corregirlo en redes sociales, señalando que habían realizado un proceso de tómbola para determinar el género”, sostuvo.
Dejó en claro que dicho procedimiento no tiene sustento legal, ya que la Ley Orgánica del municipio Libre no contempla ese mecanismo. “La Ley Orgánica del municipio Libre sólo contempla 3 métodos: auscultación, consulta ciudadana y voto secreto”, expuso.
Por ello, aseguró que el Ayuntamiento actuó de manera ilegal al aplicar un método no previsto en la Ley, lo que vulnera sus derechos político-electorales, particularmente su derecho humano a ser votado, motivo por el cual decidió acudir ante el Tribunal Electoral de Veracruz.
La inconformidad por la convocatoria emitida por el Ayuntamiento no se limita a este caso. En diversas localidades del municipio se han registrado protestas por el proceso.
En la congregación de Palo Gacho, habitantes bloquearon la carretera federal hace unas semanas, en señal de inconformidad, mientras que en comunidades como Cerro Gordo, Alborada y Jacarandas también se han manifestado desacuerdos por la forma en que se definieron las reglas para la elección de agentes municipales.
Escobar Báez señaló que se trata de un hecho inédito en el municipio, ya que es la primera vez que se registra la toma de una carretera federal derivada de errores en una convocatoria emitida por el propio Ayuntamiento.
Agregó que la falta de certeza en el proceso ha generado molestia entre aspirantes y ciudadanos, e incluso advirtió que pareciera tratarse de un intento por manipular el género en diversas agencias municipales. “No hay certeza y pareciera que fue un acto premeditado para manipular el género en diversas agencias municipales y no quiero pensar que sea para favorecer a candidatas o candidatos del alcalde Daniel Baizabal González”, concluyó.