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Sección: Estado de Veracruz

IMSS requerirá información biométrica para pagar subsidio por incapacidad temporal

- Requisito será indispensable a partir del viernes para validar la identidad de solicitantes

- También actualizará datos bancarios para pago electrónico que, en su caso, les corresponda

Javier Salas Hernández Xalapa, Ver. 30/10/2025

alcalorpolitico.com


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A partir de mañana, el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), a través de la Dirección de Prestaciones Económicas y Sociales, recurrirá a la información biométrica para validar la identidad de las personas aseguradas que soliciten el pago de los subsidios a que tienen derecho por incapacidad temporal para el trabajo, derivada de riesgos de trabajo, enfermedad general y maternidad.

También actualizará los datos bancarios para el pago electrónico que, en su caso, les corresponda, fortaleciendo el Programa de Mejora de Pago de Subsidios.

El proceso será de forma gradual, pues en una primera etapa se habilitará el servicio para Personas Trabajadoras de Plataformas Digitales incorporadas al régimen obligatorio del Seguro Social.



En una segunda etapa, y una vez estabilizado el servicio digital, el servicio se hará extensivo a todas las personas aseguradas del régimen obligatorio, privilegiando el uso por parte de las aseguradas que reciban una incapacidad temporal para el trabajo por maternidad.

El Consejo Técnico del IMSS autorizó la implementación y el uso de un nuevo servicio en la aplicación móvil IMSS Digital, a través del cual, las personas aseguradas podrán acceder a información relacionada con el trámite de subsidios por incapacidades temporales para el trabajo, derivadas de riesgos de trabajo, enfermedad general y maternidad.

Así como al registro y/o actualización de su cuenta bancaria para el pago correspondiente de estos subsidios, previa validación digital de su identidad mediante el uso de información biométrica, la cual tendrá los mismos efectos jurídicos que la firma autógrafa, por lo que se considerará responsable de los actos emitidos a la persona titular de la misma.



Una vez que se cumplan las etapas mencionadas, la persona titular de la Dirección de Innovación y Desarrollo Tecnológico, de manera directa o por conducto de las personas titulares de sus unidades administrativas competentes, desarrollará las soluciones tecnológicas necesarias para la validación de la información biométrica; así como para suscribir los instrumentos jurídicos necesarios que permitan la interoperabilidad del servicio digital con los sistemas de otras dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, así como con los Organismos Constitucionales Autónomos.

Los datos personales proporcionados por las personas aseguradas serán utilizados sólo para el fin solicitado. En este sentido, se garantizará la confidencialidad y seguridad de dicha información por parte de los servidores públicos que la registren, administren y consulten, en ejercicio de sus funciones y conforme a los procesos institucionales.

El Acuerdo deberá difundirse por los Órganos de Operación Administrativa Desconcentrada y a las Subdelegaciones del Instituto y brindar asistencia a las personas aseguradas.