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Universidad Anahuac

Sección: Estado de Veracruz

Gobernador envió iniciativa

Iniciativa eleva penalidad a quienes pongan en libertad o favorezcan la evasión de presos

Contempla que el término medio aritmético rebase los seis años y, con ello, elimina la posibilidad de obtener la libertad bajo fianza

Javier Salas Hern?ndez Xalapa, Ver. 14/07/2011

alcalorpolitico.com

El gobernador Javier Duarte de Ochoa envió al Congreso del Estado una iniciativa de reforma al artículo 339 del Código Penal, para agravar la sanción que hasta la fecha tiene el tipo penal de evasión de presos, elevando la penalidad para que el término medio aritmético rebase los seis años y, con ello, eliminar la posibilidad de obtener la libertad bajo fianza por la comisión de este delitos.

De acuerdo a la iniciativa, se impondrá de 4 a 10 años de prisión y multa de hasta 300 días de salario mínimo, a quien ponga en libertad o favorezca la evasión de una persona que se encuentre legalmente privada de su libertad.

Y de 5 a 15 años de cárcel y multa de hasta 400 veces el salario mínimo, cuando el evadido se encuentre procesado o esté sentenciado por delito grave.

En la exposición de motivos, el Ejecutivo expone que el gobierno a su cargo reitera a la sociedad veracruzana el compromiso de impulsar un Estado próspero y de convivencia social sana.“Y de que no transigiremos en la encomienda que recibimos ni en la inquebrantable determinación de sancionar con severidad a quienes intenten realizar prácticas viciadas que atenten contra la seguridad de la población”.

En materia penal, el Estado tiene a su cargo la aplicación de las penas impuestas por uno de sus órganos a quien cumple con la hipótesis normativa de las leyes sancionadoras, es decir el Estado sanciona a quien se convierte en delincuente por actualizar cualquier hipótesis de las señaladas en el código punitivo correspondiente.

Lo anterior, es parte del procedimiento sistemático que integra los supuestos de penalidad y acción represora, como potestad coactiva del Estado para la procuración de la convivencia social.

En consecuencia, el Estado es garante y responsable de castigar a quien agravia a la colectividad con conductas antisociales y que, por tanto, debe ser sancionado por ello.

Razón por la cual, el servidor público que interviene en la custodia o vigilancia de los presuntos responsables que se encuentran privados legalmente de su libertad por la comisión de cualquier tipo de delito, tienen un deber especial que proviene de la confianza que en ellos se deposita al tener a cargo el cuidado de personas que se encuentran en conflicto con la ley penal.

En efecto, el personal encargado de acciones de vigilancia y custodia no puede distraerse de sus obligaciones o, en caso contrario, deberá sujetarse a la aplicación de sanciones concretas, como es el tipo penal denominado evasión de presos.