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Sección: Estado de Veracruz

IVAI ya podrá verificar que sujetos obligados cumplan Ley de Transparencia

Dirección Jurídica ya tiene facultad de inspeccionarlos y supervisarlos; también de emitir recomendaciones

Javier Salas Hernández Xalapa, Ver. 06/01/2023

alcalorpolitico.com


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Para garantizar a los ciudadanos mayor efectividad del derecho constitucional a la información pública, la Dirección Jurídica del Instituto Veracruzano de Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (IVAI), ya tiene la facultad de realizar las inspecciones y supervisiones que resulten necesarias para verificar que los sujetos obligados den cumplimiento a la Ley en la materia.

Incluso, se podrá coordinar con la Dirección de Capacitación y Vinculación Ciudadana para llevar a cabo las inspecciones y supervisiones.

Al estar en vigor diversas reformas a la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, la Dirección Jurídica del IVAI también puede emitir las recomendaciones que deriven de las inspecciones y supervisiones realizadas a los sujetos obligados y vigilar que éstas sean solventadas de conformidad con lo ordenado.



Además, de supervisar de manera permanente el cumplimiento de las obligaciones de los sujetos obligados, mediante el control de expedientes administrativos en relación con la verificación de obligaciones de transparencia.

También podrá informar al Pleno del IVAI cuando tenga conocimiento de incumplimiento de la Ley y demás normatividad de la materia por parte de sujetos obligados, con la finalidad de que determine las acciones necesarias, ejecutar éstas e informar oportunamente de sus resultados.

Así también, la Dirección Jurídica podrá rendir ante el Tribunal de Justicia Administrativa del Estado de Veracruz, contestación de demandas en los Juicios de Nulidad en los que el Instituto, el Comisionado Presidente, los Comisionados, o los titulares de las áreas administrativas del Instituto, resulten como autoridad demandada, dando seguimiento a todas las fases del juicio, pudiendo formular alegatos, ofrecer pruebas, interponer toda clase de recursos, acciones e incidentes, así como ejercitar todos los derechos procesales que las leyes de la materia reconozcan en favor de la parte que él representa o patrocina.



Dicha instancia también está facultada para contestar acciones civiles y mercantiles promovidas en contra del Instituto, así como promover las mismas ante los Tribunales competentes, dando seguimiento a todas las fases del juicio correspondiente, pudiendo formular alegatos, ofrecer pruebas, interponer toda clase de recursos, acciones e incidentes, así como ejercitar todos los derechos procesales que las leyes de la materia reconozcan a las partes.

Así como presentar denuncias o querellas, así como dar seguimiento a los procedimientos administrativos y penales ante las autoridades competentes.