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Sección: Estado de Veracruz

Jueza legaliza detención de exfiscal; amparo no le serviría al ser acusado de desaparición forzada

- Luis Ángel “N” se quejó de que se le señale de “manipular escena”; una cosa es robo y otra robo con violencia, dijo

- En su defensa alegó que no se le puede juzgar igual que a aquellos que efectúan la desaparición

José Topete Xalapa, Ver. 18/06/2018

alcalorpolitico.com

Sin importar que alegó tener abierto un juicio de amparo en trámite, la jueza Alma Aleida Sosa Jiménez legalizó la detención del exfiscal general del Estado, Luis Ángel “N”.

La autoridad jurisdiccional determinó que no se violó la suspensión provisional obtenida en materia de amparo a través del expediente 439/2018 emitido el 24 de mayo pasado, por el Juez quinto en materia de amparo en la Ciudad de México.

El exfiscal es señalado por la Fiscalía General del Estado (FGE) como responsable del delito de desaparición forzada de personas en la modalidad de entorpecer la investigación y apoyar a que los responsables de su comisión eludieran la acción de la justicia.



Sosa Jiménez determinó que el delito de desaparición forzada se considera como grave en la legislación mexicana y como “extremadamente grave” en el Tratado Internacional de Roma sobre Derechos Humanos; esto da pie a la excepción otorgada por la Juez en la suspensión provisional, que marcaba que sólo se concedía cuando el delito no ameritara prisión preventiva oficiosa, es decir, que no fuese grave.

Asimismo, negó haber sido notificada de los argumentos vertidos por la defensa en torno a que la Jueza de la Ciudad de México le otorgó tres días, a partir del 14 de junio, para que aclarara la gravedad del delito que se le señala a su cliente y si éste es meritorio de prisión preventiva oficiosa.

Luis Ángel “N” se quejó de no estar señalado por ser el presunto responsable de la desaparición forzada de personas, sino de “ordenar la manipulación de una escena”; comparando que una cosa es, por ejemplo, un robo y otra, el robo con violencia.



“No hago menos (los señalamientos), pero no puede juzgarse de la misma manera que aquellos que llevan a cabo la desaparición forzada. No puede agravarse una conducta con interpretaciones, sino ceñirse a lo que establece la Ley”, argumentó el exfuncionario.

Pese a esto, la Jueza señaló que en todo caso el catálogo de delitos considerados graves establecidos en el artículo séptimo de la Constitución Política es únicamente enunciativo y no restrictivo ni limitativo; por lo que hizo referencia a los tratados internacionales que señalan como grave el delito de desaparición forzada.

Aseguró que el delito puede considerarse como de lesa humanidad y amerita prisión preventiva oficiosa porque afecta el desarrollo de la personalidad, además de la salud y vida de las víctimas.



El exfiscal criticó que la Fiscalía a cargo de su sucesor, Jorge Winckler Ortiz, lo señalara como prófugo apenas un día después de que se emitió la orden de aprehensión en su contra.

Posteriormente, la Jueza otorgó un nuevo receso de media hora para hacer la documentación pertinente y dar pie a la imputación, ante la solicitud de Luis Ángel “N” de ampliar el plazo que había fijado de 10 minutos, toda vez que se quejó por no haber desayunado.