El Juzgado Octavo de Distrito con sede en Tuxpan concedió una suspensión provisional a favor de la asociación civil Pueblos y Comunidades de Tuxpan, dentro del juicio de amparo 408/2025, en contra de la construcción de una planta de almacenamiento de gas licuado de petróleo (LP) en ese municipio.
La medida cautelar ordena detener los trabajos derivados de la licencia de uso de suelo número DGDUOT/1586/2024, emitida por la Secretaría de Desarrollo Social (SEDESOL) del Gobierno del Estado de Veracruz al considerar que el proyecto podría vulnerar el derecho humano a un medio ambiente sano previsto en el artículo 4º de la Constitución.
Por lo anterior, la empresa Gas de Calidad, Sociedad Anónima de Capital Variable, promovió el recurso de queja 447/2025 ante el Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Séptimo Circuito, en contra del acuerdo dictado el 20 de octubre de 2025 por la Jueza Octavo de Distrito en el incidente de suspensión del citado juicio de amparo.
La compañía busca revertir la medida que impide la ejecución de las obras y con ello reactivar la construcción de la planta de almacenamiento.
De acuerdo con la resolución emitida en julio, el órgano jurisdiccional determinó que la asociación quejosa acreditó interés legítimo al ser una organización de la sociedad civil asentada en Tuxpan y con objeto social enfocado en la protección del medio ambiente, ecosistemas y comunidades locales.
La Jueza estimó que el acto reclamado, la licencia de uso de suelo otorgada a la empresa Gas de Calidad, se emitió para una zona clasificada por el Programa de Desarrollo Urbano de Tuxpan como “Reserva Turística, Aprovechamiento Ecoturístico y Reserva Ecológica Productiva”, lo que restringe el desarrollo de actividades industriales o de riesgo.
La suspensión provisional se sustentó además en los principios de precaución e
in dubio pro natura, reconocidos por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) que establecen que ante la duda sobre los posibles impactos ambientales de una obra o proyecto debe prevalecer la protección de la naturaleza.
El Juzgado consideró que la ejecución de la licencia podría implicar un daño actual o inminente al ecosistema y a las comunidades que habitan en el área de influencia del proyecto, por lo que resolvió mantener las cosas en el estado en que se encuentran hasta que se dicte resolución definitiva.
Con la interposición del recurso de queja, la resolución queda sujeta a revisión por el Tribunal Colegiado, lo que podría modificar o revocar la medida cautelar. De ello dependerá si la planta de almacenamiento de gas podrá o no continuar su construcción en el municipio de Tuxpan.