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Sección: Estado de Veracruz

Las palabras de la Ley

La criminología etiológica

Salvador Martínez y Martínez Xalapa, Ver. 27/04/2022

alcalorpolitico.com

Leitmotiv: Ella quería ser abogada.

En esta ocasión deseamos pensar en los derechos de la persona imputada/acusada por la comisión de un delito. Tomamos como referencia un instrumento jurídico que se encuentra en los límites del derecho y la moral. Nos referimos a la Declaración Universal de los Derechos Humanos, proclamada por la Asamblea General de las Naciones Unidas, el 10 de diciembre de 1948.

Por supuesto toda persona goza de todos los derechos allí proclamados. Pero, queremos conocer aquellos derechos que se relacionan con la circunstancia de ser imputado o acusado por un delito. En particular mencionamos los siguientes:



Nadie podrá ser arbitrariamente detenido, preso ni desterrado. (Artículo 9).

Toda persona tiene derecho, en condiciones de plena igualdad, a ser oída públicamente y con justicia, por un tribunal independiente imparcial, para la determinación de sus derechos y obligaciones o para el examen de cualquier acusación contra ella en materia penal. (artículo 10)

Toda persona acusada de delito tiene derecho a que se presuma su inocencia mientras no se pruebe su culpabilidad, conforme a la ley y en juicio público en el que se le hayan asegurado todas las garantías necesarias para su defensa. (Artículo 11, punto 1).



Nadie será condenado por actos u omisiones que en el momento de cometerse no fueron delictivos según el derecho nacional o internacional. Tampoco se impondrá pena más grave que la aplicable en el momento de la comisión del delito. (Artículo 11, punto 2).

No obstante, es muy difícil considerar tales derechos por parte de las víctimas una vez consumado el hecho delictivo.

Un caso en los medios de comunicación social. El informe noticioso tiene el siguiente encabezado: “A Juana la habrían matado ‘por una simple discusión de vecinos’.” (Portal alcalorpolitico.com 22/04/2022). Habremos de insistir en la importancia que tiene el plano de fondo en la cultura mediática. Una mirada simple o simplona podría llevarnos a la aseveración de que solamente hubo una víctima: Juana Ovando de los Santos.



En cambio, una mirada menos superficial nos lleva al contenido de la noticia: “Familiares, amigas, amigos y gente de Agua Dulce exigieron justicia por el asesinato de Juana Ovando, ocurrido este miércoles en Xalapa[...] El cuerpo de la joven de 21 años llegó durante la madrugada al municipio sureño y fue velado en medio de lágrimas y mucho dolor por el crimen.”

Así que no hubo víctima, sino víctimas. O, si se quiere, hubo una víctima directa, y no sabemos, ni sabremos, cuántas son las víctimas indirectas. Si se considera la voz “familiares” se debe tener en cuenta a su familia reducida, pero también a la familia ampliada y, entonces, el número de víctimas es mayor. Si se agrega a las amigas y amigos el círculo de las víctimas ya es muy amplio.

Más aún, si se atiende a la expresión “gente de Agua Dulce” hasta se pueden adicionar datos duros, pues el municipio sureño, perteneciente a la región Olmeca, según el censo INEGI 2020, cuenta con 44,104 habitantes y todos son agraviados... ellos exigieron justicia y velaron el cuerpo de Juana Ovando “...en medio de lágrimas y mucho dolor por el crimen”.



Juana quería ingresar a la Universidad Veracruzana, una institución de educación superior. Y, lo que son las cosas, el victimario -sea quien sea- es quien se encuentra en el umbral de una escuela superior de deshumanización y violencia: la cárcel. “Las cárceles, en las que han de pagar su castigo los delincuentes grandes y pequeños, son en buena medida escuelas superiores de deshumanización y violencia. El cumplimiento del castigo representa muchas veces las relaciones humanas más lesivas y deplorables.” (Benrnhard Häring).

Víctima es la persona que sufre por cualquier motivo (A. Beristain). Así que el victimario también puede convertirse en víctima. Al menos eso nos muestra alguna versión que podría adoptar la criminología etiológica: “...las causas profundas están en la actitud y praxis de violencia de toda la sociedad, en el deterioro de las relaciones políticas nacionales e internacionales, en la ideología materialista del éxito, en la glorificación de la astucia y del encubrimiento, en el diario consumo irreflexivo de representaciones televisivas y cinematográficas, que permiten a los violentos “deleitarse” con la violencia.”

Lo expuesto hasta aquí nos lleva a una advertencia fundamental comprendemos la indignación por éste y similares sucesos, nos sentimos unidos, solidarios, con familiares, amigas, amigos y gente de Agua Dulce que exigieron y exigen justicia por el asesinato de Juana Ovando de los Santos, ocurrido el miércoles pasado en Xalapa.



En contraste con ellos, no podemos eludir el enunciado de Francesco Carnelutti: “Confieso que el delincuente me repugna; en ciertos casos me produce horror. Entre otras cosas, a mí, el delito, el gran delito me ha ocurrido verlo, al menos una vez, con mis propios ojos; los que reñían parecían dos panteras; he quedado absolutamente horrorizado; ...”

“Y sin embargo -agrega el distinguido Profesor italiano- bastó que yo viese a uno de los dos hombres que había derribado al otro con un golpe mortal, mientras los carabineros que acudieron providencialmente le ponían las esposas, para que del horror naciese la compasión: la verdad es que, apenas esposado, la fiera se ha convertido en un hombre [...] Las esposas, también las esposas son un emblema del derecho; quizás, pensándolo bien, el más auténtico de sus emblemas, todavía más expresivo que la balanza y la espada.”

Exigir justicia, no significa demandar un castigo automático, esto sería utilizar al Estado para ejecutar venganza. La cabeza de las últimas noticias del caso se lee en los siguientes términos: “Pena máxima al feminicida de Juana, demandan veracruzanas” (Portal alcalorpolitico.com 24/04/2022).



Exigir justicia quiere decir reclamar para el imputado un Juicio Penal, el cual implica un proceso penal y el debido respeto a los derechos humanos. Mas, las protestas no se han hecho esperar, pues por una política machista está puesta en entredicho la autoridad judicial y también se cuestiona la simetría que debiera existir con los derechos de las víctimas...

Por impopular que parezca, el Juicio Penal, se funda en la dignidad de Juana y en los derechos fundamentales por los que ella luchaba. “Juana quería ser abogada, pero encontró la muerte en la vivienda que rentaba [en Xalapa]...”.

“Sí, ahora, pasamos al ámbito de los Juristas, afirmamos que los Derechos Humanos deben apreciarse y cultivarse más; pero esto no basta. Deben evolucionar cualitativamente y transformarse en derechos victimales. Deben reconocer que los grupos vulnerables esperan y desean mucho de los Derechos Humanos. Pero, sobre todo, que vayan transformándose desde su raíz tradicional, que promuevan algo innovador, metahumano: los nuevos derechos victimales...” (A. Beristaim).



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