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Sección: Estado de Veracruz

La premura y falta de revisión de diputados generaron las inconsistencias en el Código Electoral: Daniel Ruiz

Y dijo que seguirán apareciendo pues se trata de un nuevo código que prevee situaciones confusas

Alicia Aguilar Guevara Xalapa, Ver. 28/01/2013

alcalorpolitico.com

La premura, así como la falta de revisión exhaustiva de los diputados en cuestiones de los tiempos, es lo que ha ocasionado que se registren inconsistencias en el Nuevo Código Electoral de Veracruz, como la analizada el domingo por el Consejo General del Instituto Electoral Veracruzano, manifestó el magistrado presidente del Tribunal Electoral en Veracruz (TEEV), Daniel Ruiz Morales.

En entrevista, dijo que estas inconsistencias seguirán apareciendo pues hay que tomar en cuenta que se trata de un nuevo Código, que en él se previeron muchas cuestiones confusas que se presentaron en el proceso electoral anterior pero “no hubo cuidado por parte del Legislador de cuidar los tiempos como en este caso, afortunadamente no implica mayor problema”.

- ¿Esto es resultado de la premura por aprobar esta ley?

- “Puede ser, porque hay que tomar en consideración que si el Código no hubiera salido en la fecha en que salió no se hubiera podido aplicar en este proceso electoral, lo que se pretendía es que el desarrollo de este proceso se hiciera bajo la vigencia de la nueva legislación”.

Y es que en sesión el Consejo General del IEV detectó una nueva inconsistencia jurídica, lo que lo llevó a aprobar un criterio de interpretación de dos artículos. Esta incongruencia refiere a los requisitos para establecer una coalición de partidos políticos y los tiempos para presentar la lista de precandidatos.

En el proceso electoral local 2009-2010 se detectó la misma inconsistencia, lo que orilló a los Consejeros a tener que hacer una interpretación; sin embargo, en el actual Código Electoral no quedó subsanada.

Al respecto, Daniel Ruiz, explicó que una de las condiciones que se precisan en el convenio de coalición, es que se señale entre otras cosas el nombre del candidato, y resulta que las coaliciones deben registrarse a más tardar el 31 de enero, y las contiendas interpartidistas para determinar quién puede ser el candidato cuando se opte por la elección interna, dice que debe verificarse a partir de la primera semana de febrero, es decir, que si para esa fecha todavía no se sabe quién es el candidato difícilmente se puede poner en el convenio de coalición.

“La interpretación que hace el Instituto Electoral Veracruzano es precisamente en ese sentido, yo no puedo estar obligado a poner el nombre de mi candidato si todavía no sé quién es, negar el registro de la coalición porque no me precisas quién es el candidato, sería grave porque nadie está obligado a lo imposible”.

En este sentido, Ruiz Morales agregó que tanto el IEV como el TEEV, deberán estar preparados para en su momento resolver, “que es una de las atribuciones que la propia ley electoral nos otorga, cuando dice que se hará la interpretación conforme a la lógica, ética y conformidad, adecuar un artículo con otro cuando en éste pudiera haber confusión o contradicción”.