La presidenta Claudia Sheinbaum Pardo informó en su conferencia matutina que su Gobierno analiza 2 alternativas para enfrentar la sobrepoblación en los centros penitenciarios, entre ellas la posibilidad de otorgar liberaciones anticipadas a personas privadas de la libertad que cumplan con los requisitos establecidos por la Ley.
La discusión surgió particularmente por la situación de los penales del Estado de México, donde la saturación de los centros penitenciarios ha obligado al Gobierno federal y a las autoridades estatales a revisar alternativas para disminuir la presión sobre las instalaciones.
La revisión tendría que considerar la situación jurídica de cada interno, el tipo de delito, el tiempo cumplido, su comportamiento y los requisitos establecidos en la legislación penitenciaria.
El objetivo sería identificar casos en los que legalmente pueda aplicarse algún beneficio de libertad anticipada o preliberación, evitando que la saturación de las cárceles se convierta en un problema adicional para el sistema penitenciario.
Datos retomados de estadísticas penitenciarias muestran que durante los últimos años la población privada de la libertad en México ha aumentado de manera importante, mientras la capacidad instalada de diversos centros no ha crecido al mismo ritmo.
La saturación no sólo significa que haya más personas recluidas de las que originalmente fueron contempladas para cada centro. También puede traducirse en problemas de hacinamiento, servicios insuficientes, atención médica limitada, dificultades para garantizar condiciones adecuadas de seguridad y mayor presión sobre el personal penitenciario.
La propuesta de Sheinbaum abre 2 posibles caminos para enfrentar el problema. El primero es revisar los expedientes de las personas privadas de la libertad para determinar quiénes pueden acceder legalmente a beneficios de libertad anticipada o preliberación. El segundo consiste en ampliar la infraestructura penitenciaria, mediante nuevos centros o ampliaciones de los existentes.
La primera puede generar resultados más rápidos, pero exige una revisión jurídica individualizada para evitar que personas que representen un riesgo para la sociedad obtengan beneficios que no les correspondan. La segunda alternativa requiere inversiones importantes y tiempo para construir infraestructura. Cabe señalar que la posibilidad de una liberación anticipada no equivale a una amnistía ni a una liberación automática.
Uno de los aspectos más delicados del sistema penitenciario mexicano es que no todas las personas privadas de la libertad tienen una sentencia definitiva. La prisión preventiva puede provocar que personas que todavía enfrentan un proceso permanezcan recluidas durante largos periodos.
Esto vuelve especialmente relevante la revisión de expedientes: una reducción de la población penitenciaria no necesariamente tendría que significar liberar a personas condenadas por delitos graves, sino revisar también la situación jurídica de quienes permanecen en prisión preventiva o de quienes ya cumplen los requisitos para algún beneficio legal.
El Gobierno federal deberá determinar si la solución pasa principalmente por construir más espacios, acelerar procesos judiciales, ampliar los mecanismos de reinserción y libertad anticipada o combinar las 3 estrategias. El desafío será evitar que la sobrepoblación se resuelva únicamente trasladando internos de un penal a otro o mediante liberaciones que no estén sustentadas jurídicamente.
Por ahora, la propuesta de liberaciones anticipadas permanece en etapa de evaluación y no representa un anuncio de liberación masiva de personas privadas de la libertad.