La diputada local y militante del Partido Acción Nacional (PAN), Montserrat Ortega Ruiz, promovió un Juicio para la Protección de los Derechos Político-Electorales de la Ciudadanía (JDC) ante el Tribunal Electoral de Veracruz (TEV), con el que busca revocar la designación de Federico Salomón Molina como representante propietario del blanquiazul ante el Consejo General del Organismo Público Local Electoral (OPLE).
En la demanda, la panista sostiene que el nombramiento contraviene la Constitución local debido a que Federico Salomón se encuentra inscrito en los registros estatal y nacional de personas sancionadas por Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género (VPMRG), situación que, afirma, lo inhabilita para integrar un órgano colegiado de un organismo autónomo como el OPLE.
El recurso fue presentado en contra de la presidenta del Comité Directivo Estatal del PAN en Veracruz y de la presidenta del Consejo General del OPLE, al considerar que ambas autoridades participaron en la designación, nombramiento y acreditación del exdirigente estatal panista.
En su escrito, Ortega Ruiz recuerda que Federico Salomón cuenta con resoluciones firmes emitidas por el Tribunal Electoral de Veracruz y confirmadas por instancias federales, derivadas de casos de violencia política en razón de género.
La demanda señala que una primera sentencia, dictada en el expediente TEV-JDC-169/2025, derivó en una inscripción por un año en los registros de personas sancionadas, luego de acreditarse conductas de violencia económica y simbólica contra la entonces titular de la Secretaría de Promoción Política de la Mujer del PAN. Posteriormente, una segunda resolución, dentro del expediente TEV-JDC-443/2025, le impuso una nueva inscripción por 24 meses al considerar acreditada la reincidencia en actos de violencia política de género, resolución que también quedó firme tras ser confirmada por la Sala Regional Xalapa y la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.
Como argumento central, la promovente sostiene que el artículo 18 Bis de la Constitución de Veracruz establece como impedimento para ocupar un cargo, empleo o comisión encontrarse inscrito en el Registro Nacional o Estatal de Personas Sancionadas por Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género. Añade que el artículo 67 de la misma Constitución obliga a que quienes integren órganos colegiados de organismos autónomos cumplan con ese requisito de elegibilidad.
Asimismo, afirma que los representantes de los partidos políticos forman parte del Consejo General del OPLE y, aunque cuentan únicamente con derecho a voz, integran formalmente ese órgano colegiado, por lo que deben sujetarse a los mismos estándares constitucionales de elegibilidad.
En la demanda también se argumenta que permitir la permanencia de una persona con una sanción vigente por violencia política de género dentro del Consejo General del OPLE contravendría el propósito de las reformas constitucionales en materia de “3 de 3 contra la violencia” y enviaría un mensaje contrario a los principios de legalidad, certeza e imparcialidad que deben regir a la autoridad electoral.
Con este juicio, la militante panista solicita al Tribunal Electoral de Veracruz declarar la invalidez de la designación y dejar sin efectos la acreditación de Federico Salomón Molina como representante del PAN ante el Consejo General del OPLE.