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Sección: Estado de Veracruz

Mujeres alcanzarían 40 años de prisión, de aprobarse la “Ley antiaborto”

- La consignación penal podría ser por homicidio, por lo que se perseguiría de oficio

- Con la agravante de que en muchos casos jueces y MPs actúan con visión misógina, dice Mendoza Parissi

Jos? Topete Xalapa, Ver. 27/01/2016

alcalorpolitico.com

La directora del Centro de Estudios Legislativos e Igualdad de Género, Martha Mendoza Parissi, aseguró que de aprobarse en una segunda etapa la ley que protege la vida desde el momento de la concepción, las mujeres podrían ser acusadas de homicidio doloso, alcanzando penas de hasta 40 años de cárcel.

“El Código Penal establece algunas excepciones para eliminar o quitar esa responsabilidad como en las violaciones. Sin embargo, fuera de esas excepciones, cuando alguna mujer decida interrumpir su embarazo puede ser sancionada o consignada no por el aborto, pero sí por homicidio”, señaló.

Agregó que la interrupción del embarazo además puede ser sancionada por homicidio en razón de parentesco, de ahí que con la reforma al Código Nacional de Procedimientos Penales este crimen tiene pena privativa de libertad oficiosa o de inmediato contra la mujer.



“La sanción es de más de 40 años, aunque dependerá del Ministerio Público y del juzgador cómo la determinen, pero ya sabemos que en muchos casos hay esta visión misógina y patriarcal en la actuación ministerial y judicial”, expuso la Directora.

Por estas razones, opinó que la propuesta del gobernador Javier Duarte de Ochoa tiene como consecuencia la criminalización de aquellas mujeres que decidan interrumpir una gestación.

“Lo que no se analizó por los diputados fue el hecho de quiénes pueden ser aquellas mujeres que podrían ser criminalizadas; me refiero a las mujeres pobres. Las mujeres que de alguna manera decidan interrumpir sus embarazos y cuenten con recursos tendrán la manera de hacerlo en el Distrito Federal o en algún otro lugar en el extranjero”, indicó Mendoza Parissi.



Adelantó que como encargada del Centro de Estudios Legislativos e Igualdad de Género hará llegar a los diputados argumentos de por qué una iniciativa de esta naturaleza criminaliza a las mujeres.

Sin embargo, justificó que ellos son los únicos que tienen la facultad de aprobarla o rechazarla en un segundo periodo legislativo, ya que al tratarse de una reforma constitucional necesita ser aprobada nuevamente por los diputados locales, así como la mitad más uno de los ayuntamientos.