Un Juzgado de Distrito de Xalapa determinó no conceder la suspensión definitiva a un recurso de amparo formulado por el investigador Rafael Vela Martínez contra la prórroga a favor del rector de la Universidad Veracruzana Martín Gerardo Aguilar Sánchez.
Con fecha 1° de agosto el Juzgado Primero de Distrito publicó la resolución 699/2025 correspondiente al día 16 de julio, en la que negó dicho beneficio al economista y aspirante a la Rectoría de la UV Rafael Vela Martínez.
No obstante, “la negativa de la suspensión de ninguna manera significa que el procedimiento mediante el cual se otorgó prórroga al actual Rector se haya realizado conforme a los parámetros constitucionales y legales establecidos para tal efecto ya que este aspecto, en su caso, será motivo de análisis en la sentencia que se llegue a dictar en el juicio de amparo principal”, aclaró el Juzgado.
Y es que desde el 4 de julio, el afectado impugnó en su escrito de demanda el procedimiento de prórroga solicitada por Martín Aguilar para continuar otro periodo como rector de la Universidad Veracruzana.
Además reclamó el acuerdo de la Junta de Gobierno en sesión extraordinaria de 3 de junio del año en curso y la resolución de 20 de junio, emitida por la Junta de Gobierno de la Universidad Veracruzana, en la que otorgó una prórroga a Martín Gerardo Aguilar Sánchez, para que continúe como Rector de la Universidad Veracruzana.
A la vez, Vela Martínez pidió impugnar la omisión de la Junta de Gobierno de publicar la convocatoria a que alude el artículo 8, fracción I, de la Ley de Autonomía de la Universidad Veracruzana, relativa a la selección de un nuevo rector o rectora.
La determinación del Juzgado 1° de Distrito fue la negar la suspensión definitiva toda vez que de concederse se contravendría el interés social. “Es así, ya que su otorgamiento implicaría dejar sin efecto el procedimiento mediante el cual se designó al Rector de la Universidad Veracruzana, lo que afectaría la seguridad jurídica de los integrantes de dicha institución”.
El Juzgado también argumenta que la concesión de la medida conllevaría la imposibilidad de que la Universidad Veracruzana pueda gestionar y ejercer, de manera inmediata, recursos económicos en beneficio de toda su comunidad; en otras palabras, se entorpecería el correcto funcionamiento de la institución educativa de mayor prestigio e importancia a nivel estatal.
Además, el Juzgado indica que conceder la suspensión no sólo implicaría alterar la estabilidad académica, sino también la política de dicha institución, la cual debe guardar un adecuado equilibrio con el objeto de que la Universidad Veracruzana siga siendo un referente en la formación de los estudiantes.
Desahogan pruebas
Durante la audiencia incidental, celebrada el 16 de julio, se desahogaron pruebas documentales de ambas partes. El único alegato fue presentado por el tercero interesado.El Juez concluyó que suspender el acuerdo afectaría la gestión inmediata de recursos y la estabilidad académica. “La negativa de la suspensión de ninguna manera significa que el procedimiento… se haya realizado conforme a los parámetros constitucionales y legales”, aclaró. El incidente de suspensión corresponde al juicio de amparo 699/2025/VIII-A.