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Sección: Estado de Veracruz

Ninguna escuela pública puede exigir un promedio mínimo como requisito: Namiko Matzumoto

- Aclaró que hay requisitos razonables, como de edad, pero no se pueden establecer limitaciones porque sean convenientes

- De acuerdo a un sondeo, 44% de la población considera discriminatorio pedir un promedio, el 31% que no lo es y 25% que es necesario

Rafael Mel?ndez Ter?n Xalapa, Ver. 15/02/2017

alcalorpolitico.com


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Ninguna escuela pública de educación básica -primaria, secundaria o media superior- puede exigir como requisito un promedio mínimo para tener acceso a un examen de admisión, informó la presidenta de la Comisión Estatal de Derechos Humanos (CEDH), Namiko Matzumoto Benítez, en entrevista para TeleClic.tv.

En el estudio de este espacio televisivo, dio a conocer que “el promedio no debe ser exigido, en principio, porque no hay ninguna ley que así lo dicte, llámese Ley General de Educación, Ley Estatal, Constitución federal o local, ninguna te autoriza a exigir un promedio”, recalcó.

Acompañada del padre de familia, Roberto Mercado Zamora, quien participó dentro de la transmisión en vivo con el tema “¿Es discriminatorio solicitar un promedio mínimo para preinscribir o inscribir en las escuelas?”, Matzumoto Benítez recordó que el derecho a la educación en la Constitución federal y local debe ser absolutamente gratuito, pero además debe obedecer a un criterio de disponibilidad y tiene que ofrecer la educación para todos.



Hizo hincapié en que puede haber ciertos requisitos de acceso, pero no todos se traducen en una discriminación.

“Si una escuela pone un requisito la edad, esto es objetivo razonable, ya que tiene que ver con la madurez del niño para el aprendizaje que se le tiene que dar, pero si la escuela pusiera como requisito que una persona perteneciera a una etnia, profesión de credo o padecimiento de alguna discapacidad, ahí sí hay discriminación”, ejemplificó.

Fue clara también cuando recalcó que no se pueden imponer limitaciones por ocurrencia o por caprichos, ya que los derechos a la educación están legalmente protegidos.



El polémico tema se inició hace algunos días en el espacio hermano, alcalorpolitico.com, cuando un padre de familia, Roberto Mercado, envió un documento exhibiendo la discriminación en la que incurren las escuelas al poner requisitos tan difíciles para que los menores puedan ingresar a las escuelas.

Su visión de este tema generó diferentes opiniones, unas de apoyo, pero otras más contrarias, en las que se señalaba que la petición de un rango en los promedios se debía hacer para no abonar a la mediocridad.

Y en este tenor, el padre de familia sostuvo que a quien se debe exigir es a la escuela y es a los docentes.



Consideró que un buen promedio no significa que el niño sea un buen o mal estudiante, apuntó.

“Le pregunto a la autoridad: ¿los maestros de esas escuelas tienen promedios de diez, de nueve?”, de ahí que solicitara la intervención de la CEDH, dado que el requisito no está establecido en la ley, sino como una directiva de la propia institución.

Es importante señalar que su solicitud de gestión obedeció a una limitación para ingreso, por no contar con credencial de elector que comprobara su residencia en el área de influencia de la escuela.



Es decir, no se le permitía hacer el trámite a pesar de que existen otros documentos legales que puedan validar su residencia en esa zona.

“El Artículo Tercero señala en un criterio que la educación debe ser democrática y de acceso para todos, específicamente en este caso, de los niños y aquí se da todo lo contrario”, lamentó.

Resaltó también la importancia de que como ciudadanos reconozcamos nuestros derechos y la autoridad reconozca la obligación de hacerlos cumplir.



En este contexto, Namiko Matzumoto afirmó que para cualquier limitación el primer requisito es que esté establecido en la ley y que no sólo sea legal, sino legítimo, es decir, que se establezca por un motivo de necesidad.

De tal forma que aquí ninguna autoridad puede establecer restricciones sólo porque decide que le parece oportuno o conveniente.

“Nosotros hicimos las gestiones necesarias a la Secretaría de Educación de Veracruz, que por cierto, reconoció, hubo una muy buen atención y se atendió el problema, y ahora él (Roberto Mercado) tiene toda la posibilidad de que la escuela le brinde la preinscripción a su hijo”, apuntó.



Indebido, exigir compra de uniformes en determinado lugar

A través de las preguntas que se enviaron al foro, también se informó a los ciudadanos que la compra de uniformes en determinado lugar es un acto indebido.

La Presidenta de la CEDH de Veracruz refirió que esta vestimenta sirve para identificar a los estudiantes y proporcionarles seguridad, pero ninguna autoridad puede exigir que se compre en cierto lugar, como denunciaron los televidentes.

En la charla, se mencionaron los casos de bullying, de los cuales se explicó que en caso de existir esta práctica, hay un procedimiento administrativo en la SEV, que es poner una queja para que se investiguen los hechos, darle su garantía de audiencia al docente involucrado y

finalmente resolverse a lo que a Derecho corresponda.

Hay que hacer notar que desde ayer martes alcalorpolitico.com hizo un sondeo en el que se pedía la opinión de la población en relación al tema. El 44 por ciento, hasta finalizar la transmisión, lo consideraba discriminatorio; el 31 por ciento señaló que no y, finalmente, 25 por ciento opinó que es necesario que las escuelas soliciten un promedio mínimo.