En sesión ordinaria, el Tribunal Electoral del Estado de Veracruz determinó que la coalición "Veracruz para Adelante" no violentó la ley al postular a Anselmo Gómez Olmos como candidato a presidente municipal de Chumatlán, pese a que el ahora abanderado priista fue candidato del PAN en la elección de julio del año pasado.
El Partido Acción Nacional argumentó inelegibilidad del candidato toda vez que contendió en el mismo proceso electoral por un partido y en la elección extraordinaria por otro.
Además, en el recurso presentado, Acción Nacional expone que la elección extraordinaria del 1 de junio de este año, es la continuidad del proceso comicial ordinaria del 2013 que fue anulado.
No obstante, los magistrados del TEEV consideraron que el proceso electoral extraordinario de 2014 es distinto al proceso electoral ordinario del 2013, por lo que al anularse este último y ordenarse un proceso extraordinario, todo lo actuado en aquel quedó sin efecto en éste.
El magistrado ponente, Daniel Ruiz Morales, reconoció que Anselmo Gómez Olmos, fue candidato del PAN en la elección local ordinaria del año pasado y ahora que hay un proceso electoral extraordinario, diferente al anterior, es candidato del PRI.
“No hay ninguna disposición en la Constitución, ni el Código electoral ni en la Ley Orgánica del Municipio Libre que impida que quien haya sido candidato por un partido pueda ser postulado por otro en un proceso electoral distinto. Además, es algo que se da muy frecuentemente en los diferentes procesos electorales".
Ordenan registrar a los candidatos del PRD sustituidos en Las Choapas
En otro de los recursos desahogados hoy en la sesión plenaria, el TEEV ordenó al Consejo Electoral Municipal de Las Choapas, registrar a los candidatos, propietario y suplente, a la Regiduría Séptima, quienes fueron sustituidos por el Instituto Electoral Veracruzano por una supuesta renuncia.
Al analizar los agravios, los magistrados detectaron que los recurrentes nunca renunciaron a la candidatura.
El árbitro electoral tuvo que haber valorado los supuestos escritos de renuncia, que no existen, y haber solicitado la ratificación de la renuncia en aras de dar cumplimiento a la certeza y legalidad a la sustitución.
Pero como no lo hizo, los magistrados revocaron el acuerdo del 13 de este mes aprobado por el Consejo General del IEV para sustituir a los candidatos y ordenó al Consejo Electoral Municipal de Las Choapas, registrar como originalmente lo había hecho a Salvador Sosa Tenorio y Carlos Córdova Cerino, como candidatos del PRD propietario y suplente, respectivamente
a la Regiduría Séptima de Las Choapas.
Desechan recurso del PAN
Durante la sesión plenaria se desechó el recurso de apelación interpuesto por el Partido Acción Nacional contra la designación de los candidatos del Partido Movimiento Ciudadano en los tres municipios donde habrá elecciones extraordinarias.
El PAN argumenta que se violentaron los estatutos de MC en la designación de sus tres candidatos, sin embargo, los magistrados electorales manifestaron que un partido político no tiene legitimidad para impugnar los procesos internos de otro.
Por lo que se confirmó la designación y registro de los candidatos a presidentes municipales del MC.
Anulan elección de agente municipal
Otro de los recursos desahogados este miércoles es el relativo a la elección de agente municipal de la congregación Morelos del municipio de Soteapan.
Los magistrados anularon la elección luego de realizar un recuento de votos y determinar que hay un empate técnico entre el primero y segundo candidato, con una diferencia de tan solo 0.13 por ciento
y ordenaron que una nueva elección para el domingo 8 de junio mediante el método de voto secreto.
A la Junta Municipal Electoral de Soteapan se le recomienda emitir las boletas suficientes y con medidas de seguridad que impidan su clonación, mismas que deberán tener los nombres de los cuatro candidatos que obtuvieron su registro en tiempo y forma.
Y al Instituto Electoral Veracruzano se le vincula para que apoye entregando material electoral para el desarrollo de la jornada electoral.
En este caso, los magistrados consideraron procedente el recuento ante la diferencia entre el primer y el segundo lugar.
La diligencia se efectuó el pasado miércoles 21 de mayo y se encontró que los candidatos que obtuvieron el primero y segundo lugar recibieron, cada uno,
724 votos.