Ir a Menú

Ir a Contenido

Sección: V?a Correo Electr?nico

Nora Guerrero se inscribió como candidata sin partido a la alcaldía de Xalapa

La ex dirigente femenil del PRI, “dueña de la florería Noríssima”, espera que el IEV reconozca el registro

Xalapa, Ver. 25/05/2010

alcalorpolitico.com

El domingo 23 a las 20 horas, Mario Armas Martínez, ciudadano presidente del Consejo Municipal Electoral de Xalapa, en presencia del C. Amador Rodríguez, Coordinador Distrital de Consejos Municipales del IEV en la Zona de Xalapa, estampo el sello "IEV, Instituto Electoral Veracruzano" CONSEJO MUNICIPAL ELECTORAL NUMERO 89 DE XALAPA, VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE, RECIBIDO. En el mismo firmó y anotó su nombre completo el citado presidente electoral.

Esto ocurrió en el escrito de SOLICITUD DE INSCRIPCION como CANDIDATO CIUDADANO NO REGISTRADO POR PARTIDO PUBLICO, que fue presentado y suscrito por la ciudadana Nora Lucila Guerrero Córdoba.

A partir de este momento, la ciudadana está en espera de la determinación del órgano electoral, que según manifestaron los funcionarios citados, "se turnará al CONSEJO GENERAL" (del IEV).

A continuación el texto del escrito referido.

Solicitud de Inscripción como Candidato Ciudadano No Registrado por Partido Político.

C. Mario Armas Martínez
Ciudadanos
Consejeros al Consejo Municipal
Del Instituto Electoral Veracruzano,
CONSEJO MUNICIPAL DE XALAPA
En la ciudad de Xalapa – Enríquez, Veracruz de Ignacio de la Llave.
Presentes:

NORA LUCILA GUERRERO CÓRDOBA, Licenciada en Letras Españolas, de nacionalidad mexicana, mayor de edad, señalando como domicilio para oír y recibir todo tipo de citaciones y notificaciones en la casa marcada con el número (…) de esta ciudad de Xalapa – Enríquez, Veracruz de Ignacio de la Llave; ante Ustedes, con el debido respeto, comparezco y expongo:

Que en los términos de este escrito y con fundamento en lo dispuesto por Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, suscrito en el seno de la Organización de las Naciones Unidas, el dieciséis de diciembre de mil novecientos sesenta y seis, al que se adhirió el Estado Mexicano con fecha veintitrés de marzo de mil novecientos noventa y ocho, publicado en el Diario Oficial de la Federación el veinte de mayo de ese mismo año. En el artículo 25 de dicho Pacto se establece que: """... Todos los ciudadanos gozarán, sin ninguna de las distinciones mencionadas en el artículo 2º., y sin restricciones indebidas, de los siguientes derechos y oportunidades: a.- Participar en la dirección de los asuntos públicos, directamente o por medio de representantes libremente elegidos; b.- votar y ser elegido en elecciones periódicas, auténticas, realizadas por sufragio universal e igual y por voto secreto que garantice la libre expresión de la voluntad de los electores, c.- tener acceso en condiciones generales de igualdad a las funciones públicas de su país. Y los numerales 8º., 35, 39, 41, 115, 116 fracción IV incisos A, B y, C, 124, 133 y demás relativos y aplicables, todos de la Constitución General de la República en vigor; los artículos 4º., 6º., 7º., 15 y demás relativos y aplicables de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano del Veracruz – Llave; Y, los artículos 1º., 2º., 183, 184, 185 y demás relativos y aplicables del Código Electoral Número 307 para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave; vengo a solicitar, por mi propio derecho, se me INSCRIBA como CANDIDATO CIUDADANO, NO REGISTRADO POR PARTIDO POLÍTICO, para contender en el presente proceso electoral municipal para la PRESIDENCIA DEL HONORABLE AYUNTAMIENTO DE XALAPA – ENRÍQUEZ, VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE. Y en cumplimiento a la Ley Electoral, vengo a presentaré la planilla para la integración del Ayuntamiento de acuerdo a las indicaciones, verificaciones, subsanaciones o lo correspondiente y que se sirva disponer el órgano electoral que corresponde a las elecciones municipales, Consejo Municipal de Xalapa, Consejo General del IEV :

Fórmula de Candidato a la Presidencia Municipal de Xalapa-Enríquez, Veracruz:

A Presidente Municipal: Nora Lucila Guerrero Córdoba.
Como Suplente: León Ignacio Ruíz Ponce

Por lo que pido, que en el recuadro correspondiente en la boleta electoral, que se refiere a CANDIDATOS NO REGISTRADOS, se incluya la planilla con fundamento en lo dispuesto por los artículos 5º., 185-V 207 inciso letra g), 216 y demás relativos y aplicables del Código Electoral Número 307 para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave. Petición Política que realizo en términos del artículo octavo Constitucional establece que """... Los funcionarios y empleados públicos respetarán el ejercicio del derecho de petición, siempre que se formule por escrito y respetuosamente, pero en materia política sólo podrán hacer uso de ese derecho los ciudadanos de la república.- Deberá hacerse un acuerdo escrito de la autoridad a quien se haya dirigido, la cual tiene obligación de darlo a conocer en breve tiempo al peticionario... """".

Como podemos apreciar, esta solicitud cumple con los requisitos enunciados por la Constitución Federal; y que es indiscutible que el Consejo Municipal en Xalapa del Instituto Electoral Veracruzano es un órgano colegiado público y por ende es Autoridad Electoral en términos del artículo 1º., 2º., del Código Electoral de aplicación en la materia.