El Órgano de Administración Judicial del Poder Judicial de Veracruz ratificó la vigencia de las Reglas de Operación del Sistema en Línea de Aplicación de Órdenes de Protección de la Plataforma “Veracruzana Protegida”.
A través del secretario de Ejecución, Carlos Espíritu Cabañas, se informó que las y los 77 juezas y jueces de Primera Instancia, electos por voto popular, ya fueron adscritos a los respectivos juzgados.
Las y los juzgadores que aún no cuentan con la firma electrónica para la expedición de las órdenes de protección, deberán realizar el trámite en línea, con apoyo del personal de la Subdirección de Tecnologías de la Información, e informar a la Secretaría Ejecutiva del Órgano de Administración el cumplimiento de dicha instrucción.
Las Reglas de Operación del referido Sistema entraron en vigor el 14 de marzo y al ratificarse su vigencia, las juezas y jueces de Primera Instancia de los juzgados de Proceso y de Procedimiento Penal y Oral y de los juzgados Especializados en Materia Familiar, continuarán con la emisión y ejecución de órdenes de protección por conductas posiblemente constitutivas de delito o, asociadas al cumplimiento de prestaciones y derechos familiares.
Las órdenes de protección judicial tienen como objeto la aplicación urgente de medidas que garanticen y salvaguarden la vida, libertad, integridad y dignidad de una víctima frente a su agresor en situaciones de riesgo y peligro o hechos de violencia, cuyas consecuencias pueden derivar en la comisión de un delito o infracción.
Los órganos jurisdiccionales competentes para emitir, aplicar y supervisar el cumplimiento de las órdenes de protección a través del sistema en línea integrado por la plataforma “Veracruzanas Protegidas”, serán todas y todos los jueces que integran los juzgados de Proceso y de Procedimiento Penal y Oral, que se encuentren en turno y tengan jurisdicción sobre el lugar en que se presenten los hechos denunciados.
Mientras que, para la ejecución de las órdenes de protección relacionadas con prestaciones o derechos familiares, vincularán a su cumplimiento a las y los juzgadores especializados en materia Familiar, que en los mismos términos cuenten con jurisdicción.
Las órdenes de protección judicial se tratan de determinaciones emitidas por una persona juzgadora, además de facultar a los elementos de seguridad pública para actuar, no sólo de manera preventiva, sino también reactiva y correctiva.