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Sección: Estado de Veracruz

Nuevo Reglamento de Justicia Cívica cambia reglas para sancionar faltas en Coatzacoalcos

Establecer arrestos de máximo 36 horas, trabajo comunitario, atención psicosocial y mecanismos de mediación

Elizabeth Aviña Coatzacoalcos, Ver. 06/09/2026

alcalorpolitico.com

El nuevo Reglamento de Justicia Cívica de Coatzacoalcos modificará de fondo la forma en que el municipio atenderá las faltas administrativas, al establecer multas de hasta 7 mil pesos, arrestos de un máximo de 36 horas, trabajo comunitario, atención psicosocial y mecanismos de mediación para solucionar conflictos entre ciudadanos.

El ordenamiento, integrado por 101 artículos y nueve transitorios, fue publicado en la Gaceta Oficial del Estado de Veracruz número extraordinario 346, Tomo II, después de su aprobación por el Cabildo de Coatzacoalcos.

Entre las conductas contempladas se encuentran consumir alcohol o sustancias psicotrópicas en lugares públicos o vehículos estacionados en la vía pública sin autorización, participar en peleas, provocar escándalos, generar ruido que perturbe de manera manifiesta a los vecinos y obstruir calles, banquetas o accesos. También serán infracciones tirar basura, escombros, animales muertos o contaminantes en sitios no autorizados; realizar fogatas o quemar basura cuando el humo cause afectaciones; orinar o defecar en espacios públicos, salvo situaciones inevitables; solicitar dolosamente servicios de emergencia inexistentes y utilizar sirenas o torretas en vehículos no autorizados.



Multas de hasta 60 UMA

Las infracciones fueron divididas en clases A, B y C según su gravedad. Las faltas Clase A contemplan multas de cinco a 20 UMA y entre seis y 12 horas de trabajo comunitario. Las Clase B establecen entre 10 y 30 UMA y de 12 a 24 horas de servicio comunitario, mientras las Clase C alcanzan entre 20 y 60 UMA y de 24 a 36 horas de trabajo.

Con la UMA diaria de 117.31 pesos vigente en 2026, las multas irán desde 586.55 hasta 7 mil 38.60 pesos. El arresto será una medida excepcional y podrá alcanzar las 36 horas. No procederá para las infracciones Clase A y para las restantes deberá justificarse por circunstancias como violencia, riesgo real e inmediato para terceros, desacato grave y reiterado o reincidencia relevante.



Protegen a personas de bajos ingresos

El reglamento establece límites especiales para jornaleros, obreros y trabajadores asalariados, cuya multa no podrá superar el equivalente a un día de salario. En el caso de trabajadores no asalariados tampoco podrá exceder el equivalente a un día de sus ingresos.

La persona juzgadora podrá autorizar parcialidades, aplazar o reducir el pago e incluso sustituir la multa por trabajo comunitario. En determinados casos también podrá cambiarse la sanción por una amonestación. Los jueces y trabajadores del Juzgado Cívico tendrán prohibido recibir directamente el dinero de las multas. Los pagos deberán realizarse ante la Tesorería Municipal y tendrán que contar con comprobante oficial.



Adolescentes estarán sujetos a reglas especiales

El reglamento será aplicable a personas mayores de 12 años que vivan, trabajen, transiten, realicen actividades o se encuentren temporalmente en Coatzacoalcos.

Para adolescentes de 12 a 17 años habrá un procedimiento especial y quedará prohibido imponerles arresto. En estos casos deberá notificarse a sus padres, tutores o responsables y darse intervención a la Procuraduría Municipal de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes.
Las medidas podrán consistir en amonestaciones, orientación, capacitación, canalización institucional, talleres, atención psicológica y trabajo comunitario de seis a 12 horas. Los menores de 12 años no podrán ser procesados ni sancionados bajo este procedimiento.



Dueños de mascotas también tendrán obligaciones

Permitir que un animal transite libremente y sin supervisión, sacarlo sin las medidas de seguridad necesarias, azuzarlo contra personas u otros animales o no contenerlo cuando represente un riesgo constituirá una infracción.

También podrá sancionarse a quien no recoja las heces de su mascota, la abandone, le provoque sufrimiento innecesario o incurra en maltrato físico o psicológico y actos de crueldad. Cuando los hechos puedan constituir un delito de maltrato animal, el asunto deberá darse a conocer al Ministerio Público independientemente de la responsabilidad administrativa.



Grafiti, daños y basura serán sancionados

El nuevo ordenamiento contempla como infracción dañar, ensuciar o utilizar indebidamente bienes públicos, mobiliario urbano e instalaciones concesionadas.

También incluye pintar, grafitear, rayar o colocar propaganda sin autorización en determinados bienes, fachadas, mobiliario urbano y áreas verdes, así como dañar monumentos, jardineras, parques, semáforos, postes, buzones y señalamientos. En materia ambiental y sanitaria se contemplan conductas como contaminar fuentes, tanques, acueductos, tuberías o depósitos destinados al abastecimiento público.



Conflictos vecinales podrán resolverse mediante acuerdos

Una de las principales modificaciones será la incorporación de la mediación y conciliación para solucionar determinados conflictos antes de recurrir a una sanción. Los acuerdos podrán establecer reparación de daños, pagos, limpieza de espacios, retiro de objetos, disculpas públicas o privadas, compromisos de no repetir determinadas conductas y obligaciones de abstenerse de ciertos actos.

La mediación no procederá cuando se trate de violencia familiar o violencia de género.
Ciudadanos podrán presentar quejas Los procedimientos podrán comenzar por detención en flagrancia, presentación de la Policía Municipal, queja ciudadana, comunicación de otra autoridad o comparecencia voluntaria. Las quejas podrán realizarse ante el Juzgado Cívico o la Policía Municipal, de manera escrita, oral o por los medios electrónicos que se habiliten.



El plazo para presentar una queja será de 60 días naturales después de ocurrida la presunta infracción. Cuando existan elementos suficientes, la audiencia deberá programarse dentro de los tres días hábiles siguientes.

Habrá derecho a abogado y a presentar pruebas

Las personas presentadas ante el Juzgado Cívico tendrán derecho a conocer de qué se les acusa, ser consideradas inocentes mientras no se determine su responsabilidad, contar con abogado particular o defensor público, realizar una llamada y presentar pruebas.



También podrán controvertir las pruebas existentes en su contra, ser escuchadas, recibir valoración médica y solicitar intérprete, traductor o ajustes cuando exista alguna discapacidad. Durante un arresto tendrán derecho a agua, alimentos, atención médica, instalaciones dignas y a informar a otra persona dónde se encuentran. La audiencia deberá concluir con una resolución fundada y motivada que explique los hechos, las pruebas consideradas y las razones de la sanción.

Sanciones podrán impugnarse

Quienes no estén de acuerdo con una resolución podrán presentar un recurso de inconformidad dentro de los tres días hábiles siguientes.
La Coordinación Municipal de Justicia Cívica podrá confirmar, modificar o revocar la resolución. Cuando se revoque una sanción deberá ordenarse, según corresponda, la liberación inmediata, restitución de derechos, devolución del dinero pagado indebidamente y corrección del registro municipal.



Juzgado Cívico operará las 24 horas

El nuevo modelo contempla una Coordinación Municipal de Justicia Cívica y un Juzgado Cívico con funcionamiento permanente las 24 horas de los 365 días del año.
Cada turno deberá contar como mínimo con una persona jueza cívica, médico legista, psicólogo o trabajador social, personal administrativo, policías encargados de seguridad y custodia y personal de Tesorería para recibir el pago de las multas.

Titulares serán nombrados por el alcalde.



Las personas juzgadoras serán nombradas por el presidente municipal a propuesta de la Coordinación, pero previamente deberá existir convocatoria pública, revisión del cumplimiento de requisitos y evaluación de conocimientos.

El nuevo esquema busca que la justicia cívica municipal no se limite al tradicional sistema de multa o arresto, sino que incorpore trabajo comunitario, mecanismos alternativos para solucionar conflictos, valoración psicosocial, garantías de defensa y medidas diferenciadas de acuerdo con la gravedad de cada conducta.