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Sección: Estado de Veracruz

Nuevos magistrados administrativos violan mandato de Suprema Corte

- Integrantes del Tribunal de Justicia Administrativa del Estado están impedidos para entrar en funciones

- Aun así, sesionaron para ordenar la redistribución de expedientes

Claudia Montero Xalapa, Ver. 23/02/2023

alcalorpolitico.com


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A pesar de que dos ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación ordenaron que los nuevos magistrados del Tribunal de Justicia Administrativa del Estado de Veracruz (TRIJAEV) no entraran en funciones ni ejercieran el cargo hasta en tanto no se resuelva la Controversia Constitucional 266/2022, se mantienen en desacato del mandato del máximo tribunal.

Prueba de ello es el Acuerdo publicado el día de ayer, 22 de febrero del año en curso, en la Gaceta Oficial del Estado (GOE), en donde se da a conocer la sesión realizada por el Pleno del TRIJAEV en esa misma fecha, en donde los magistrados Leticia Aguilar Jiménez, Rosalba García Salazar, Diana Estela Aróstegui Carballo, Jaziel Cabrera Pacheco, Roberto Sigala Aguilar y Rubén Hernández Mendiola decidieron la redistribución de los expedientes del TEJAV, entre las Salas Regionales Unitarias y la Sala Superior del nuevo Tribunal de Justicia Administrativa.

Con esto, estarían dejando constancia de que han violado la suspensión que fuera otorgada por los ministros Norma Piña Hernández, actual Presidenta de la SCJN, y Javier Laynez Potisek el pasado 30 de diciembre de 2022, en contra del decreto aprobado por el Congreso del Estado para desaparecer al TEJAV y sustituirlo por un nuevo tribunal denominado TRIJAEV.



Cabe recordar, que en la suspensión concedida dentro de la Controversia Constitucional 266/2022 los ministros de la Suprema Corte ordenaron que los magistrados del TEJAV continuaran en funciones; que no se suspendieran los plazos procesales en los asuntos tramitados ante el TEJAV y que en caso de que hubieran sido designados nuevos magistrados estos no entraran en funciones ni ejercieran el cargo hasta en tanto no se resuelva en definitiva la controversia constitucional planteada.

La Ley Reglamentaria de las Fracciones I y II del artículo 105 constitucional señala que en los casos en que se vulnere la suspensión concedida dentro de una controversia constitucional, la Suprema Corte concederá un plazo de 15 días para que la autoridad que se encuentre violando la suspensión deje sin efectos el acto que motive el recurso.

Por su parte, el Artículo 58 de esa misma Ley prevé que, en caso de no acatar la suspensión concedida, la Suprema Corte ordenará que la autoridad responsable de su violación sea consignada ante un Juez Federal por el delito de abuso de autoridad, contemplado por el artículo 215 del Código Penal Federal.



El delito federal de abuso de autoridad señala que cometerá ese delito el servidor público que para impedir el cumplimiento de una resolución judicial pida el auxilio de la fuerza pública o la emplee con ese objeto. Dicha conducta, en la que presuntamente estarían incurriendo los nuevos magistrados del TRIJAEV, podría acarrearles una pena de hasta 8 años de prisión.