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Sección: Estado de Veracruz

Obligarían a nuevos alcaldes a denunciar anomalías; no podrán denostar a antecesores

- PRI propuso establecer figura de acción por omisión legislativa; ediles entrantes tendrán 30 días para proceder

- Congreso podrá citar a exfuncionarios que se expresen sobre irregularidades, deberán presentar pruebas

Jos? Topete Xalapa, Ver. 26/02/2018

alcalorpolitico.com

El diputado del PRI, Carlos Antonio Morales Guevara, presentó una iniciativa de su bancada dirigida al Congreso de la Unión para establecer la figura de acción por omisión legislativa.

El proyecto plantea que si en un periodo de 30 días hábiles el servidor público que llega a su cargo identifica omisiones o irregularidades en los documentos e información recibidos, deberá hacerlas del conocimiento inmediato del Órgano Interno de Control o de la Contraloría Interna correspondiente.

La propuesta prevé adicionar un tercer párrafo al artículo 29 de la Ley para la Entrega y Recepción del Poder Ejecutivo y la Administración Pública Municipal.



Además, contempla que se cite a los exservidores públicos que se expresen sobre irregularidades, y que lo hagan conforme a las observaciones recibidas, así como presentar la información, documentos complementarios o aclaraciones.

Asimismo, determina que la respuesta se producirá en un plazo no menor a tres ni mayor a 15 días hábiles, contados a partir de que surta efectos la notificación.

“De considerarse que no se aclaran dichas inconsistencias, el Órgano Interno de Control procederá a realizar las investigaciones a que haya lugar y de resultar que se constituye probable responsabilidad administrativa, se procederá conforme a la Ley en la materia”.



La iniciativa señala que bajo ninguna circunstancia el servidor público entrante que no cuente con argumentos emitidos y acreditados debidamente por la instancia correspondiente, hará declaración tendiente a denostar la imagen del servidor público saliente, respecto a presuntas inconsistencias o irregularidades en tanto aún no se determinen conforme la Ley de la materia.

"Esto debido a que en caso contrario se estará a lo dispuesto en la Ley General de Responsabilidades Administrativas, sin perjuicio de la responsabilidad penal o civil que le corresponda".