De acuerdo con la Encuesta Nacional sobre Diversidad Sexual y de Género (ENDISEG), en México, la población con orientación sexual e identidad de género LGBTTTIQA+ asciende a 5 millones de personas mayores de 15 años.
Mientras que 3 entidades federativas: Estado de México, Ciudad de México y Veracruz concentran la mayor cantidad con 1 millón 108 mil 240 mil personas.
De los 5 millones de personas, 2.1 millones son hombres y 2.9 millones son mujeres, lo que significa que 1 de cada 20 personas se identifica como integrante de la comunidad diversa.
Con base a la encuesta, las entidades federativas que concentran la mayor cantidad de población LGBTTTIQA+ son Estado de México con 489 mil 594 personas, Ciudad de México con 310 mil 788 personas y Veracruz con 307 mil 858.
Por ello, en el marco del ejercicio de los derechos político-electorales, el Organismo Público Local Electoral (OPLE) expidió la Guía de Capacitación para Garantizar la Igualdad y la no Discriminación de las Personas.
Se trata de sensibilizar sobre las condiciones particulares de vulnerabilidad que enfrentan las personas integrantes de la comunidad diversa y que pudieran ser víctimas de actos que, por razón de su orientación sexual, identidad y expresión de género o características sexuales, puedan constituir violencia o actos de discriminación.
Los objetivos específicos de la guía son proveer las herramientas y conocimientos necesarios que aseguren la aplicación de los estándares internacionales sobre derechos humanos en la atención de personas de la comunidad en el marco de sus derechos político-electorales.
Proteger y respetar los derechos humanos de las personas de la comunidad que sean usuarias de los procedimientos y servicios que son competencia del OPLE.
Así como garantizar en la atención directa el trato digno y el respeto a la identidad de género, expresión de género y orientación sexual que especifiquen las personas de la comunidad diversa.
Para las autoridades electorales, las personas que se identifican como LGBTTTIQA+ forman parte de un grupo prioritario de atención. Históricamente han sido marginadas por una ideología dominante, heteropatriarcal y cisgénero, que ha monopolizado los espacios de poder y toma de decisiones, limitando e impidiendo la participación social y política de las disidencias sexuales.
Hasta hace poco, esta ideología predominaba, y era inusual la presencia de una persona de la diversidad sexual en el ámbito político-electoral, al menos de manera abierta, o en la misma forma en que se presentan las personas con una familia tradicional.
Ahora, todas las autoridades electorales en el ámbito de sus competencias tienen la obligación de garantizar que las personas con orientación sexual, identidad de género, expresión de género y características sexuales no normativas puedan acceder y participar en los escenarios democráticos en condiciones de igualdad y libre de discriminación.
Tienen derecho a votar; a ser votadas, votados y votades; a asociarse libre y pacíficamente para tomar parte de asuntos políticos y derecho a participar y militar en partidos políticos; a formar parte de autoridades electorales; y al ejercicio del cargo sin violencia y en igualdad de condiciones.