Por el momento, el Organismo Público Local Electoral (OPLE) se encuentra material y técnicamente imposibilitado para atender y sustanciar los recursos de revisión y denuncias en materia de transparencia, acceso a la información y protección de datos personales, vía Plataforma Nacional de Transparencia (PNT).
Lo anterior, debido a que la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno, en su calidad de administradora de la PNT, aún no asigna la clave de acceso al OPLE, lo que impide que se pueda visualizar y validar los expedientes migrados pendientes de resolución.
El OPLE no está en posibilidades de continuar el trámite de sustanciación correspondiente y proceder a practicar las notificaciones pertinentes a las personas interesadas.
Por esa razón, se emitió el Acuerdo OPLEV/OIC/5/2025 mediante el cual el Órgano Interno de Control (OIC), autoridad garante en el árbitro electoral en materia de transparencia, suspende los plazos y términos legales aplicables para la atención y trámite de los recursos de revisión y denuncias en materia de transparencia, acceso a la información y protección de datos personales, así como para la imposición de medidas de apremio y sanciones.
El acuerdo tiene efectos retroactivos al 23 de octubre y estará vigente hasta el 23 de este mes de noviembre.
Con la suspensión de los plazos y términos legales, únicamente para la atención y trámite de los recursos de revisión y denuncias en materia de transparencia, acceso a la información y protección de datos personales, así como para la imposición de medidas de apremio y sanciones, se garantizan los principios de certeza, eficacia, legalidad, máxima publicidad, objetividad, profesionalismo y transparencia.
Y quedan salvaguardados los de tutela efectiva, seguridad jurídica y buena administración pública y no violentar ningún derecho de las personas interesadas.