El Órgano de Fiscalización Superior (ORFIS) instaló su Comité de Adquisiciones, Arrendamientos, Servicios y Enajenaciones de Bienes Muebles cuyos integrantes, en su primera sesión, concluyeron que los topes para adjudicaciones directas, licitaciones simplificadas y para invitaciones a cuando menos 3 proveedores establecidos en el Decreto del Presupuesto de Egresos del Gobierno del Estado de Veracruz para el ejercicio 2026, no serían aplicables al Órgano Autónomo.
Por ello, los procesos licitatorios del ORFIS deberán acatarse a lo que dispone la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos, Administración y Enajenación de Bienes Muebles de Veracruz.
Y para los montos máximos de adjudicación se tomará como referencia el Presupuesto de Egresos de la Federación.
El Programa Anual de Adquisiciones para el ejercicio de 2026 se publicará en la página electrónica del ORFIS.
El Comité aprobó que el monto mínimo para las adjudicaciones directas será de 343 mil pesos y el máximo de 397 mil 880 pesos; y para las invitaciones a cuando menos 3 proveedores, el monto mínimo será de 2 millones 649 mil pesos y de hasta 3 millones 72 mil 840 pesos.
Las personas que protestaron como integrantes honoríficos del Comité de Adquisiciones, Arrendamientos, Servicios y Enajenaciones de Bienes Muebles de ORFIS son Delia González Cobos, auditora general, como presidenta; Arturo Juárez Montiel, director general de Administración y Finanzas, como secretario ejecutivo; Pedro Gabriel Vázquez Espinosa, auditor especial de Planeación, Evaluación y Fortalecimiento Institucional, Cynthia Reyes Díaz Muñoz, secretaria técnica, Marcela Adriana Vargas Quezada, directora general de Asuntos Jurídicos, Gonzalo R. Tress Capitaine, presidente del Consejo Directivo de la Asociación de Industriales del Estado de Veracruz, y Bernardo Martínez Ríos, presidente del Consejo Empresarial Metropolitano de Xalapa, como vocales; todos con voz y voto.
Randy de Jesús Ramírez Rocha, titular del Órgano Interno de Control, será asesor del Comité, tendrá voz, pero no voto.
El Comité tendrá las atribuciones de vigilar que el ejercicio del gasto público, en los procesos de Invitación a cuando menos 3 proveedores, se realice conforme a las disposiciones de esta Ley, procurando que prevalezcan los principios de publicidad, concurrencia e igualdad.
Opinar respecto de los programas de adquisiciones, arrendamientos y servicios; dictar políticas en la materia que rige esta Ley; recibir el informe que le presenten las unidades presupuestales, respecto del gasto público ejercido; analizar, cuando sean requeridos, los dictámenes y fallos que emitan los servidores públicos encargados del ejercicio del gasto público; y elaborar y aprobar el manual que rija su integración y funcionamiento.