Ir a Menú

Ir a Contenido

Sección: Estado de Veracruz

ORFIS trabajará fines de semana y días festivos por fiscalización de Cuenta Pública 2021

Será del periodo comprendido del 2 de abril al 30 de septiembre de este año

Javier Salas Hernández Xalapa, Ver. 02/04/2022

alcalorpolitico.com


Click para ver fotos
Para desahogar todas las diligencias que se originen con motivo del procedimiento de fiscalización superior a la Cuenta Pública 2021 de los entes estatales y municipales, el Órgano de Fiscalización Superior (ORFIS) habilitó como días hábiles los fines de semana y días festivos de los meses de abril, mayo junio, julio, agosto y septiembre.

Delia González Cobos, auditora general, señaló que las auditorías al Ejercicio Fiscal 2021 exigen de los servidores públicos del ORFIS una óptima administración de capacidades y esfuerzo para cumplir en tiempo y forma con el procedimiento de fiscalización superior.

Cabe mencionar que los entes estatales, municipales y paramunicipales (Comisiones Municipales de Agua Potable y saneamiento) deben enviar al Congreso del Estado sus Cuentas Públicas 2021, a más tardar, el 30 de este mes de abril.



Mientras que la Comisión Permanente de Vigilancia, dentro de los primeros 15 días de mayo debe turnarlas al ORFIS, con las opiniones y recomendaciones que se estimen pertinentes, para que dé inicio el proceso de fiscalización.

El ORFIS fiscalizará los ingresos, egresos y deuda pública; el manejo, la custodia y la aplicación de los fondos y recursos públicos estatales y municipales y la ejecución de obra pública.

También hará auditorías sobre el desempeño en el cumplimiento de los objetivos contenidos en los programas estatales y municipales, a través de los Informes Individuales y del Informe General Ejecutivo, que se rendirán, a más tardar, el primer día del mes de octubre de este año.



En ese sentido, González Cobos manifestó que con la finalidad de que el Órgano de Fiscalización Superior se encuentre en aptitud de dar cabal cumplimiento a su obligación es que se determina la habilitación de días inhábiles del periodo comprendido del 2 de abril al 30 de septiembre de este año.

Lo anterior, reiteró, a efecto de desahogar todas las diligencias que se originen con motivo del procedimiento de fiscalización superior a la Cuenta Pública de los entes fiscalizables correspondiente al Ejercicio Fiscal 2021.