Ir a Menú

Ir a Contenido

Sección: Estado de Veracruz

Paciente con insuficiencia renal interpone amparo para que IMSS le garantice atención

- Jueza ordena suspensión de plano para que lo reingresen al programa de Nefrología

- Hospital de Zona No. 11 de Xalapa también deberá darle consultas y suministros para diálisis peritoneal

Ángel Camarillo Xalapa, Ver. 08/05/2026

alcalorpolitico.com


Click para ver fotos
La falta de insumos y atención especializada en el Hospital General de Zona No. 11 del IMSS en Xalapa provocó que un paciente con insuficiencia renal crónica en etapa 5 promoviera un juicio de amparo federal para exigir su reingreso urgente al programa de nefrología, así como el suministro de materiales para diálisis peritoneal y consultas médicas indispensables para preservar su vida.

El caso quedó radicado bajo el expediente 435/2026 en el Juzgado Primero de Distrito en el Estado de Veracruz, donde la jueza Griselda Alejandra Vázquez García concedió una suspensión de plano al considerar que la omisión de atención médica podría poner en riesgo la salud e integridad del derechohabiente.

De acuerdo con la síntesis del acuerdo judicial, el paciente denunció que el IMSS omitió reincorporarlo al programa de nefrología, además de no entregarle equipo, insumos y materiales necesarios para continuar con su tratamiento de diálisis peritoneal, pese a tratarse de un enfermo renal en etapa terminal.



La resolución federal ordenó al IMSS actuar “de manera inmediata” para proporcionar atención médica, medicamentos, tratamiento especializado y valoración en nefrología, además de fijar fecha para consulta en la Unidad Médica Familiar número 10.

Incluso, el juzgado advirtió que si el hospital no cuenta con los medicamentos o tratamientos necesarios, deberá tramitar la subrogación correspondiente para evitar que el paciente quede sin atención.

El fallo también exhibe la gravedad del problema que enfrentan pacientes renales dentro del sistema de salud pública, donde retrasos administrativos, falta de material médico y saturación hospitalaria terminan trasladando al Poder Judicial decisiones que deberían resolverse desde las propias instituciones de salud.



La Jueza dejó claro en su resolución que ninguna circunstancia administrativa interna puede estar por encima del derecho a la salud y de la integridad física del paciente. Además, apercibió a las autoridades responsables que, de incumplir la suspensión ordenada, podrían hacerse acreedoras a multas económicas e incluso enfrentar consecuencias penales por desacato, al advertir que la violación a la suspensión puede equipararse al delito de abuso de autoridad conforme a la Ley de Amparo.

El IMSS deberá informar en un plazo de 24 horas si cumplió o no con la atención ordenada por el Juzgado federal. Mientras tanto, la audiencia constitucional quedó programada para el próximo 4 de junio.

El caso vuelve a colocar bajo cuestionamiento las condiciones de atención a pacientes con enfermedades crónicas en hospitales públicos, particularmente en áreas de alta demanda como Nefrología, donde la interrupción de tratamientos puede representar una amenaza directa para la vida de los pacientes.