Diputadas y diputados del PAN en el Congreso de Veracruz presentaron una iniciativa para reformar el Código Penal estatal con el fin de tipificar y sancionar la violencia sexual digital cuando se utilice inteligencia artificial.
En la exposición de motivos, se señaló que “la Constitución Política de Estados Unidos Mexicanos en su fracción II del artículo 6º establece el derecho de toda persona a la información, así como la protección de sus datos personales, garantizando la privacidad y la intimidad”.
Los legisladores recordaron que “el artículo 1° reconoce que todas las personas tienen derecho a la protección de su dignidad, integridad y libertad, así como a la protección contra cualquier forma de violencia, lo que incluye la violencia digital”.
La iniciativa retoma lo establecido en la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, donde “se reconoce en su artículo 20 Quáter que la violencia digital constituye una forma de violencia contra las mujeres, enfatizando la necesidad de una protección integral frente a los daños derivados del uso de tecnologías para propósitos de agresión o control”.
En el ámbito estatal, se destacó que “la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Veracruz reconoce en su artículo 7 que la violencia digital es cualquier acto de violencia que se realiza a través de las Tecnologías de la Información y la Comunicación, plataformas de internet, redes sociales, sistemas de mensajería instantánea, correo electrónico, o cualquier otro espacio digitalizado, por la que se exponga, distribuya, difunda, exhiba, transmita, comercialice, oferte, intercambie o comparta imágenes, audios o videos reales o simulados de contenido íntimo sexual de una persona sin su consentimiento”.
Los legisladores del PAN mencionaron que “la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer establece en su artículo 7 que los Estados Partes deben implementar las medidas necesarias para erradicar la violencia contra las mujeres, incluidas todas las formas de violencia sexual y prevenir la impunidad de los agresores”.
Explicaron que “en 2018, en Yucatán, se logró el reconocimiento de la violencia digital como una modalidad de delito, la cual se sanciona con una pena hasta de 5 años de prisión a quienes compartan materiales íntimos sin consentimiento”.
La exposición de motivos recordó que “uno de los casos más graves sobre este tipo de violencia ocurrió en el Instituto Politécnico Nacional, donde un alumno alteró con inteligencia artificial miles de fotos de estudiantes para fines sexuales”.
El Banco Nacional de Datos e Información sobre Casos de Violencia contra las Mujeres (BANAVIM) reportó que “Veracruz registró 138 casos de violencia digital, de enero de 2022 hasta el 19 de marzo de 2024. Entre 2023 y 2024, de 100 casos de violencia digital en Veracruz, el grupo de edad más afectado fue entre 19 a 40 años”.
La propuesta legislativa indica que “esta reforma pretende actualizar el Código Penal para el Estado de Veracruz con el objeto de tipificar y sancionar adecuadamente los delitos derivados de la violencia sexual digital, concretamente, aquellos en los que se utiliza la inteligencia artificial”.
Además, se agrega como agravante cuando esta violencia se ejerza “en contra de niñas, niños y adolescentes, en razón de que las autoridades tienen la obligación de protegerles del abuso sexual infantil, explotación sexual infantil, sea con o sin fines comerciales, o cualquier otro tipo de explotación”.
La iniciativa también señala que “se incorpora como agravante la violencia sexual digital cuando se cometa en contra de las personas de 60 años y más, ya que el Estado Mexicano debe facilitar la formulación y cumplimiento de leyes para la prevención y sanción del abuso, maltrato y violencia contra ellas”.