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Universidad Anahuac

Panistas quieren legislar para que fumigadores se metan a las casas

Fracasa la lucha contra el dengue porque la gente no los deja entrar

Javier Salas Hern?ndez Xalapa, Ver. 27/10/2006

alcalorpolitico.com

Ante el estado de alerta epidemiológica que hay en Veracruz a causa del dengue hemorrágico, que ya ha cobrado muchas vidas en diversas zonas de la entidad y ante la negativa de muchas familias para que sus hogares sean fumigados, el diputado local del PAN, Sergio Méndez Mahé, presentó una iniciativa de reforma a la Ley de Salud, con la finalidad de otorgar un margen de discrecionalidad al secretario del ramo para introducirse a los domicilios particulares y realizar las tareas de fumigación correspondientes.

En la exposición de motivos, el presidente de la comisión legislativa de Salud, señala que el secretario de ramo nombrará una Comisión integrada por Médicos Epidemiólogos, quienes estarán atentos en todo tiempo, a los acontecimientos epidemiológicos que se susciten en Veracruz, para determinar y en su caso emitir conjuntamente con el secretario de Salud, una declaratoria fundada y motivada de Emergencia en Materia de Salud.

Su propósito será facultar al personal de la Secretaria de Salud para que pueda ingresar a los domicilios particulares de las personas físicas o morales única y exclusivamente con el propósito de llevar cabo las tareas de fumigación, abatizacion y descacharrizacion, siempre que subsista el estado de contingencia expresamente señalado en la Declaratoria.

En ese sentido, el titular de la Secretaría de Salud, expedirá un reglamento en el que se establezcan los tiempos y procedimientos en que dichas acciones se puedan llevar a cabo, así como las correlativas sanciones en caso de incumplimiento por parte de los ciudadanos del reglamento respectivo.

Méndez Mahé, consideró necesario examinar la eficacia plena de algunas de las medidas o acciones tendientes a lograr, la eliminación del Vector, que es un mosco casero, llamado Aedes Aegipthy, que tiene como principal fuente de reproducción, entre otras, los lugares donde sin medidas de higiene adecuadas se acumula el agua, ya sea en las zonas rurales o urbanas y pueden ser desde una corcho lata, floreros, cacharros, hasta tanques, tinacos y aljibes, principalmente.

Dentro de las acciones tendientes a erradicar este mosco transmisor del dengue se encuentran fundamentalmente, la limpieza de los recipientes o lugares donde los veracruzanos almacenemos el agua para consumo, y la eliminación de los demás objetos donde se acumule de manera habitual u ocasional el agua de lluvias, canales y desagües.

De manera bien intencionada, las autoridades sanitarias municipales y grupos organizados de la sociedad han emprendidos diversas acciones para tratar de controlar la excesiva y pronta reproducción de este mosco casero cuya picadura ocasiona el llamado dengue clásico y hemorrágico en los humanos, sin embargo, lamentablemente hasta ahora, no se ha verificado que efectivamente estas acciones por si solas hayan disminuido los índices de reproducción de tales moscos.

La causa, entre otras, es que pese a las buenas intensiones que hay de determinadas autoridades y diversos sectores de la sociedad, hay en el Estado, áreas jurídicamente inaccesibles para la ejecución de las acciones municipales o ciudadanas tendientes a lograr el control y eliminación del vector Aedes Aegipthy, tales áreas lo son, un gran número de casas habitación abandonadas, cerradas cuya causa es, en muchas ocasiones, que sólo las utilizan sus propietarios de manera esporádica como áreas de recreo o esparcimiento en determinados periodos vacacionales, tal situación pudiera a primera vista parecer inofensiva y por lo mismo in- alarmante.

Sin embargo un gran número de casas cuyos propietarios, aún habitando sus domicilios son renuentes a permitir el acceso al mismo, al personal dependiente ya sea de la Secretaría de Salud o de Servicios de Salud de
Veracruz, para que puedan éstos ejecutar las medidas necesarias, como la fumigación, entre otras, tendientes a lograr la mayor erradicación del vector causante del dengue hemorrágico.

El diputado panista aclaró que el grado de discrecionalidad se refiere a una medida que no por ser extraordinaria cae en la irracionalidad jurídica, sino todo lo contrario, es una facultad potestativa sujeta a los supremos principios Constitucionales de fundamentación y motivación, y supeditada a los parámetros que acoten su ejercicio, en términos de lo dispuesto en la fracción I del artículo 89 del Pacto Federal, como lo puede ser la expedición de un reglamento interno que especifique quien determinará los casos de riesgo que puedan afectar a la sociedad veracruzana, así como delimitar los tiempos y procedimientos en los cuales dichas medidas extraordinarias se puedan llevar a cabo.

Se trata de acciones cautelares que respetuosas de la garantía de Audiencia y Seguridad Jurídica a que se refiere el artículo 14 de la Constitución General de la República, tiende única y exclusivamente a cuidar y proteger la salud de los ciudadanos, cuya finalidad es propiamente de las que más debe interesar.