Los magistrados del Tribunal Superior de Justicia con nombramiento por 10 años tienen la posibilidad de jubilarse al concluir su periodo, pero sólo con el haber de retiro del Poder Judicial.
Aunque también tienen la posibilidad de tramitar, por cuenta propia, una jubilación ante el Instituto de Pensiones del Estado.
Quienes se jubilan con el haber de retiro del Poder Judicial y con una jubilación del IPE son los magistrados que tienen el carácter de inamovibles, es decir, todos aquellos que ya estaban en servicio cuando entró la reforma judicial del año 2000, que entre otras cosas, establece que los magistrados del Tribunal Superior de Justicia serán nombrados por 10 años.
"Son temas muy distintos, porque para quienes tenemos el cargo de magistrado inamovible, podemos tener la pensión y el haber de retiro completo, tal como lo establece la ley, pero para quienes sólo son por 10 años, su pensión la habrán de tramitar ante el IPE, pero sí pueden acceder a un haber de retiro complementario".
Reiteró que entre tres o cuatro magistrados podrían jubilarse el próximo año y mientras tanto, Hugo Montero Domínguez, el primer magistrado que se acogió al nuevo sistema jubilatorio, “ya está disfrutando de su pensión (haber de retiro y pensión del IPE”.
Por otra parte, recordó que dentro de dos meses y medio concluye su periodo de tres años al frente del TSJ y del Consejo de la Judicatura y aunque tiene la posibilidad de una relección por un periodo igual, dijo no tener esa aspiración.
“Yo fui electo por tres años y lo que quiero es concluir bien mi responsabilidad al frente del Poder Judicial”.
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