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Sección: Estado de Veracruz

Pensionistas podrán ser avales al solicitar al IPE préstamos a corto y mediano plazo

Desde este miércoles, no es obligatorio para pensionados presentar como aval a un trabajador en activo

Javier Salas Hernández Xalapa, Ver. 05/02/2020

alcalorpolitico.com

Desde este miércoles, los pensionados que deseen solicitar préstamos a corto y mediano plazo podrán presentar como aval solidario a otro pensionista y no a un trabajador en activo y para garantizar el pago de un préstamo a mediano plazo, podrá presentar de uno a tres avales.

Lo anterior quedó establecido en una reforma al Reglamento de Préstamos a Corto y Mediano Plazo del Instituto de Pensiones del Estado, que fue emitido por Daniela Griego Ceballos, directora general de ese organismo.

El Reglamento de Préstamos a Corto y Mediano Plazo del Instituto de Pensiones del Estado establece que los pensionados que deseen tramitar un préstamo a mediano plazo ante el Instituto, deberán cubrir el requisito de presentar como avales a trabajadores en servicio activo.



Reconoció que para el pensionado resultaba una dificultad acceder a un préstamo a corto o mediano plazo, ya que tenía como un requisito presentar como aval a un trabajador activo y era difícil que este último aceptara ser deudor solidario de un pensionado.

Al no poder cumplir con esta condición, no se les otorgaba el beneficio, ocasionando que se limitaran los préstamos que se tramitan a este sector de la población.

Por ello, se atendió la solicitud de asociaciones de jubilados y representantes sindicales, así como por los propios pensionistas, para que puedan presentar avales que cuenten con la característica de ser pensionados. De esta manera, aumentarían los préstamos a mediano plazo y se aseguraría la recuperación del mismo.



Griego Ceballos señaló que es cierto que las pensiones son inembargables, sin embargo, la Ley permite que se afecten para exigir el pago de adeudos con el Instituto. Con esa premisa, se considera la oportunidad de permitir a los pensionistas ser avales de otros pensionistas, con las debidas regulaciones que esto implica, brindando la oportunidad de acceder a un préstamo a mediano plazo de manera más sencilla.

Entre las reformas al reglamento, figuran que el trabajador o pensionista que en su carácter de aval esté pagando un préstamo en sustitución del deudor principal, se le podrá otorgar un nuevo crédito, siempre y cuando acepte el descuento total del adeudo.

El trabajador, cuando compruebe la capacidad de pago, podrá avalar hasta dos préstamos indistintamente de la modalidad del préstamo. Para el caso del pensionista, sólo podrá avalar a un deudor principal, hasta que éste haya liquidado el total del préstamo otorgado.

Las solicitudes y trámites de préstamos que hayan sido presentadas antes de la entrada en vigor de la reforma, continuarán su proceso conforme a las disposiciones vigentes al momento de su presentación.