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Sección: Estado de Veracruz

Pese a reclamos, Poder Judicial ordena mudanza de más juzgados

- Dos de Veracruz y uno de La Antigua se irán a la Ciudad Judicial de Cardel

- A partir del próximo lunes despacharán en su nueva sede

Javier Salas Hernández Xalapa, Ver. 04/10/2022

alcalorpolitico.com


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Pese a la oposición de abogados litigantes, el Consejo de la Judicatura del Poder Judicial de Veracruz continúa autorizando cambios de domicilio de Juzgados. Esta vez tocó el traslado de dos Juzgados del puerto de Veracruz a la Ciudad Judicial de Cardel.

Se trata del Juzgado Sexto de Primera Instancia y del Juzgado Décimo Sexto Especializado en Materia Oral Mercantil, ambos con domicilio en la avenida Santos Pérez Abascal S/N, entre Jiménez Sur y Prolongación Cuauhtémoc de la colonia Ortiz Rubio, del puerto de Veracruz.

También se autorizó el cambio de domicilio del Juzgado Municipal de La Antigua.



A partir del próximo lunes, los tres Juzgados tendrán su nuevo domicilio en el inmueble que ocupa la Ciudad Judicial de Cardel, que se ubica en la carretera federal Nautla-Cardel, en la localidad de Cabezas, municipio de Puente Nacional.

El traslado de los recursos, tecnológicos, expedientes, objetos y todos los bienes que se encuentran en los tres órganos jurisdiccionales, se realizará este martes y miércoles.

El Consejo de la Judicatura expuso que fue realizada la entrega-recepción de la Ciudad Judicial de Cardel, creada ante la necesidad de que la actividad jurisdiccional y administrativa se desarrolle en inmuebles que cuenten con espacios adecuados para la debida impartición de justicia y en condiciones óptimas para el buen funcionamiento que permita brindar un servicio jurisdiccional de calidad y respeto a la dignidad de los justiciables y servidores públicos, asimismo a fin de optimizar recursos.



Además, justificó que Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado, señala que los Juzgados de Primera Instancia y Especializados, residirán en los lugares que acuerde el Consejo de la Judicatura y se integrarán por los jueces, secretarios, actuarios y el personal necesario para su funcionamiento, en los términos que disponga la normatividad aplicable y que fije el presupuesto.