La bancada del Partido Verde Ecologista de México propuso reformar la Constitución de Veracruz para precisar los plazos y requisitos ciudadanos en un eventual procedimiento de revocación de mandato contra la persona titular del Poder Ejecutivo estatal.
La iniciativa, presentada ante el Congreso local, plantea modificar el inciso b) de la fracción VI del Artículo 15 constitucional para establecer que la ciudadanía pueda iniciar la recolección de firmas durante el mes previo a la conclusión del tercer año de Gobierno.
El proyecto no inicia un proceso de revocación. Sólo busca fijar las reglas para que, en caso de que la ciudadanía lo promueva, se determine cuándo puede reunir apoyos y bajo qué condiciones deberá presentarlos ante el Organismo Público Local Electoral de Veracruz.
La propuesta señala que quienes busquen solicitar el procedimiento deberán reunir firmas equivalentes al 10 por ciento de las personas inscritas en la lista nominal electoral del estado.
Ese respaldo deberá distribuirse en cuando menos la mitad más uno de los municipios de Veracruz. Además, en cada uno de esos municipios deberá reunirse al menos el 3 por ciento de la lista nominal municipal.
“Durante el mes previo a la conclusión del tercer año de ejercicio constitucional marcado en esta Constitución, la ciudadanía con derecho para votar en un proceso electoral local que esté interesada en promoverlo podrá comenzar a reunir una cantidad mínima equivalente al 10 por ciento de las personas inscritas en la lista nominal electoral del estado”, establece la iniciativa.
El documento precisa que las firmas deberán estar distribuidas “en cuando menos la mitad más uno de los municipios” y que en cada uno representen “como mínimo, el 3 por ciento de la lista nominal de electores del municipio respectivo”.
Actualmente, la Constitución local permite comenzar la recolección durante los 2 meses anteriores a la conclusión del tercer año de ejercicio constitucional, pero el PVEM advierte que esa redacción puede generar confusión frente al plazo federal, que prevé la presentación de la solicitud durante los 3 meses posteriores.
Con la reforma, la recolección iniciaría en el mes previo al cierre del tercer año, mientras que la solicitud formal se presentaría ante el OPLE durante los 3 meses posteriores.
El organismo electoral tendría que revisar el cumplimiento de los requisitos una vez vencido ese periodo. Si los apoyos cumplen con lo previsto, deberá emitir la convocatoria correspondiente.
La iniciativa también busca evitar que el respaldo se concentre sólo en los municipios con mayor población. Por ello, incorpora el requisito de reunir al menos 3 por ciento de firmas en cada municipio contabilizado dentro de la mitad más uno.
“El Organismo Público Local Electoral de Veracruz y el Tribunal Electoral del Estado de Veracruz requieren de asideros constitucionales sólidos, inequívocos y carentes de vacíos legales para calificar la recolección de apoyos”, señala el texto.
El proyecto incluye un transitorio para que el Congreso expida la legislación secundaria en materia de revocación de mandato en un plazo máximo de 180 días naturales.