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Sección: Estado de Veracruz

Poder Judicial aplaza reinicio de labores, ahora para el 17 de septiembre

- Reabrirían juzgados el próximo lunes, pero se implementó nuevo aplazamiento

- Sentencias y resoluciones interlocutorias se publicarán en lista de acuerdos

José Topete Xalapa, Ver. 28/08/2020

alcalorpolitico.com

El Consejo de la Judicatura del Estado determinó ampliar la suspensión de labores por 15 días más, del 31 de agosto al 16 de septiembre, es decir que la reapertura sería el jueves 17 de septiembre, en los juzgados civiles, mercantiles, familiares y penales del Poder Judicial del Estado.

Por medio de una circular la presidenta de dicha Soberanía, Sofía Martínez Huerta, anunció que los órganos jurisdiccionales continuarán bajo el esquema de guardias para que los abogados postulantes o representantes legales continúen con la oportunidad iniciar procesos en las materias ya citadas.

Estas guardias funcionarán con el mínimo del personal, ya que los titulares de los diversos órganos jurisdiccionales del Poder Judicial tendrán que reportar a la Secretaría General de Acuerdos del Tribunal Superior de Justicia.



Además continúa habilitado en la página del Poder Judicial el sistema de citas para la consultas de expedientes, notificaciones de sentencias, resoluciones interlocutorias y demás acuerdos de trámite.

Este servicio lo ofrecerá el Poder Judicial los días jueves y martes, de 08:30 a 14:00, a razón de una persona por turno y que cada consultante no demore más de 20 minutos en la actividad.

A partir del 31 de agosto al 11 de septiembre las sentencias y resoluciones interlocutorias que se emitan y los acuerdos de trámite deberán publicarse en la lista de acuerdos de manera sintetizada en la que se resaltará el acuerdo principal.



En materia familiar el Poder Judicial anuncia que se atenderán los asuntos de carácter urgente, y recibirán lo concerniente al inicio y el trámite de los procesos y procedimientos de alimentos previamente radicados en los juzgados civiles y familiares.

Estos se refieren a consignación de pensiones alimenticias, ejecución de estas, embargos, libramiento de oficios y exhortos, y cualquier asunto en que se encuentren afectados los derechos de niños, niñas y adolescentes.