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Sección: Estado de Veracruz

Poder Judicial de Veracruz habilitará Ventanilla Virtual para órdenes de cateos y arresto

- Busca transitar a un modelo de justicia ágil, transparente y de vanguardia

- Descarta que esquema vulnere formas esenciales del procedimiento

Javier Salas Hernández Xalapa, Ver. 28/04/2026

alcalorpolitico.com


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Con miras hacia un modelo de justicia ágil, transparente y de vanguardia, en estricta observancia de los principios de modernización, mejora continua y servicio público que rigen al Poder Judicial de Veracruz, el Órgano de Administración Judicial (OAJ) ordenó la implementación y habilitación del módulo para la solicitud, registro, trámite, análisis, resolución, notificación y envío de órdenes de aprehensión, así como sus lineamientos generales.

La implementación del módulo permite que el trámite se desahogue legítimamente por la vía digital y se prescinda de una audiencia presencial, sin que ello represente una vulneración a las formas esenciales del procedimiento, toda vez que la herramienta asegura la inmediación y comunicación fidedigna entre la Fiscalía General del Estado (FGE) y el Órgano Jurisdiccional correspondiente; dotando a la persona juzgadora de los elementos de convicción necesarios para pronunciarse de manera inmediata, fehaciente y con el sigilo que la naturaleza de este mandamiento judicial exige.

El Módulo se suma a la Ventanilla Única Virtual para solicitud de órdenes de cateo y otras diligencias que requieran control judicial y se integra a la Plataforma Informática Institucional del Poder Judicial del Estado, como una extensión de las funcionalidades ya habilitadas para la gestión electrónica de diligencias sujetas a control e intervención judicial.

La funcionalidad del Módulo se aplicará de manera paulatina y progresiva, conforme a las capacidades técnicas del sistema y la suficiencia operativa disponibles. En su fase inicial, su uso se habilitará exclusivamente para las solicitudes de órdenes de aprehensión destinadas a lograr la primera imputación de las personas investigadas.

La incorporación de las diversas variantes o hipótesis de este mandamiento judicial, así como de otros actos procesales vinculados, se realizará de forma sucesiva mediante los Acuerdos que para tal efecto se emitan.

La observancia y aplicación de las disposiciones estará a cargo de las personas servidoras públicas autorizadas de la FGE, así como de las personas juzgadoras de Primera Instancia de los Juzgados de Proceso y Procedimiento Penal, facultadas para la solicitud, trámite y resolución, respectivamente, de las órdenes de aprehensión.

El acceso para la formulación, trámite y seguimiento de las órdenes de aprehensión, así como de las demás diligencias gestionadas a través del Módulo, se realizará mediante la dirección electrónica habilitada para su operación.