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Sección: Estado de Veracruz

Por anomalías de municipios en Cuenta Pública 2020, sólo hay dos denuncias penales

- ORFIS interpuso querellas contra ayuntamientos de Huayacocotla y Aquila

- Los 212 municipios tuvieron observaciones por irregularidades por mil 671 mdp

- En 13 aplicaron amonestaciones públicas y privadas, y suspensiones temporales

Javier Salas Hernández Xalapa, Ver. 05/08/2022

alcalorpolitico.com


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De acuerdo con el Informe General de la Cuenta Pública 2020, los 212 municipios de Veracruz resultaron observados con un daño patrimonial por mil 671 millones 385 mil 720.28 pesos y hasta el momento, el Órgano de Fiscalización Superior (ORFIS) sólo ha presentado dos denuncias penales.

Los entes fiscalizables denunciados ante la Fiscalía Especializada en Combate a la Corrupción del Estado de Veracruz son los ayuntamientos de Huayacocotla y Aquila por un daño patrimonial “no cuantificable”.

Las querellas se presentaron este año en contra de quien o quienes resulten responsables. La de Huayacocotla quedó radicada en la carpeta de investigación FGE/FECCEV/064/2022 y la de Aquila en la carpeta FGE/FECCEV/197/2022, la primera se interpuso el 24 de enero y la segunda en 29 de marzo.



Durante la fiscalización a la Cuenta Pública 2020, el ORFIS dejó asentado irregularidades financieras por 22 millones 546 mil 157.41 pesos en la ex administración municipal de Huayacocotla; y por 408 mil 448.66 pesos en Aquila, aunque las denuncias son por un daño patrimonial no cuantificable.

En el Informe de Seguimiento a las Observaciones de Presunto Daño Patrimonial de la Cuenta Pública 2020 Estado, que el ORFIS entregó en el mes de marzo de este año al Congreso del Estado, se reportó inició de 270 Expedientes de Investigación y derivado de ello, se ha notificado requerimiento de información a 19 servidores y exservidores públicos.

Ocho municipios estaban en proceso de investigación: Cosamaloapan, Gutiérrez Zamora, Naranjos-Amatlán, Oteapan, Playa Vicente, Pueblo Viejo, Sochiapa y Tamiahua.



En 13 se aplicaron sanciones consistentes en amonestaciones públicas y privadas, y suspensiones temporales.

El reporte señala que, en caso de que se adviertan actos que pudieran ser constitutivos de delitos la Unidad de Investigación lo hará del conocimiento de la Dirección General de Asuntos Jurídicos para que, en su caso, se proceda a la presentación de la denuncia ante la Fiscalía Especializada en Combate a la Corrupción.

Concluidas las diligencias de investigación, la Unidad de Investigación del ORFIS procederá a determinar la existencia o inexistencia de actos u omisiones que la Ley General de Responsabilidades Administrativas señala como falta administrativa y, en su caso, calificarla como grave o no grave.



Una vez calificada la conducta, se incluirá la misma en el Informe de Presunta Responsabilidad Administrativa (IPRA) y éste se presentará ante la autoridad substanciadora a efecto de iniciar el procedimiento de responsabilidad administrativa.

Si no se encontraren elementos suficientes para demostrar la existencia de la infracción y la presunta responsabilidad del infractor, se emitirá un Acuerdo de Conclusión y Archivo del Expediente, sin perjuicio de que pueda abrirse nuevamente la investigación si se presentan nuevos indicios o pruebas y no hubiere prescrito la facultad para sancionar.

Dicha determinación, en su caso, se notificará a los servidores públicos y particulares sujetos a la investigación, así como a los denunciantes cuando éstos fueren identificables, dentro de los diez días hábiles siguientes a su emisión.