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Universidad Anahuac

Sección: Estado de Veracruz

Por culpa del IMSS, mujer perdió a su bebé y le extirparon el útero, exhibe CNDH

- Ante Derechos Humanos, veracruzana señaló a la UMF 19 de Banderilla y al Hospital de Zona 11 de Xalapa

- Sufrió “diversas omisiones por parte del personal médico”, se constata en recomendación

José Topete Xalapa, Ver. 03/12/2023

alcalorpolitico.com


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Una veracruzana acusó al del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) ante la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) por una inadecuada atención médica, la cual ocasionó la muerte de su bebé y que le realizaran una cirugía para extirpar su útero y el cuello uterino o histerectomía total.

La víctima señaló a la Unidad de Medicina Familiar No. 19 de Banderilla y al Hospital General de Zona No. 11 “Ignacio García Téllez” de Xalapa, ambos del IMSS.

Por su queja, la CNDH emitió la recomendación 196/2023 por violaciones a los derechos humanos relativos a la Protección de la Salud, a la Integridad Personal, a una vida libre de violencia obstétrica, a la libertad y autonomía reproductiva, al derecho a la verdad y al proyecto de vida.



El 16 de diciembre de 2020, cuando cursaba 35 semanas de gestación, la mujer comenzó a tener dolor abdominal y al acudir al área de urgencia del Hospital General de Zona No. 11 un ginecólogo le informó que faltaba tiempo para que naciera su bebé.

Además, el especialista le mencionó que tenía una infección vaginal, por lo que le recetó metronidazol, en tabletas vaginales, y una enfermera le inyectó ketorolaco para disminuir el dolor abdominal.

“El 19 de diciembre de 2020, nuevamente sintió dolor abdominal, por lo que acudió al área de Urgencia del HGZ No. 11, donde le realizaron un ultrasonido y le informaron que su bebé ya no tenía signos vitales, por lo que debían practicarle una cesárea”, expone la recomendación.



El mismo día, cuando la víctima despertó de la anestesia, le informaron su bebé había fallecido y que por complicaciones de la cesárea tuvieron que realizarle una histerectomía

“En la misma fecha, después de la cirugía, QV1 fue trasladada a la UMA No. 14, del IMSS, lugar en el que le hicieron un ultrasonido y una tomografía, y le confirmaron que aún tenía líquido amniótico y coágulos de sangre, por lo que tenían que realizarle una segunda cirugía. Debido a que en la UMA No. 14 no contaban con especialidad de Ginecología, QV1 fue trasladada al HGZ No. 71, en donde permaneció hasta el 26 de diciembre de 2020”.

Del análisis realizado al conjunto de evidencias del expediente CNDH/4/2021/586/Q, en donde se encontró que los médicos no agotaron los medios de diagnóstico para otorgarle un tratamiento específico, exponiendo a la mujer a complicaciones secundarias de la infección, entre ellas, amenaza de parto pretérmino y pielonefritis, entre otras irregularidades.



El personal incumplió las acciones de prevención, detección y control de factores de riesgo infecciosos a nivel cervicovaginal, urinaria y restricción del crecimiento intrauterino e incluso la mujer recibió la atención de un médico que no dejó notas del servicio, prescribiendo medicamentos y entregando una receta que no corresponde al IMSS.

“Considerando lo anterior, el personal de la salud que emitió la receta médica incumplió con lo establecido en el Reglamento de la Ley General de Salud, de acuerdo con la Opinión Médica, al existir elementos que permiten señalar que la víctima sí cursó por una infección vaginal como otro factor de riesgo para presentar un parto pretérmino”.

Además, para la CNDH los medios incumplieron con los procedimientos para preservar el útero y la fertilidad de la mujer, sin considerar que era su primer embarazo y se encontraba en etapa fértil.



“(…) fue víctima de diversas omisiones por parte del personal médico encargado del control prenatal, faltando a los objetivos de prevención, detección y control de factores de riesgo infecciosos a nivel cervicovaginal, siendo omisiones que sí se relacionan con el parto pretérmino que presentó.

“Resulta evidente que, derivado de la inadecuada atención médica que recibió (…), no solo le afectó físicamente sino también de forma psicológica, ya que fue sometida a una situación traumática que marcó un antes y después de su vida”.

La CNDH recomendó inscribir a la mujer en el Registro Nacional de Víctimas y proceder a la reparación integral del daño, incluyendo la medida de compensación, además de otorgar atención médica, psicológica y tanatológica.



También recomendó impartir un curso integral de capacitación y formación en materia de derechos humanos al personal directivo y médico del área de Gineco-Obstetricia del IMSS de dichos hospitales, así como campañas de difusión.